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Maternidad.

Juzgado de Familia acoge demanda y declara que niño de 2 años es hijo de dos mujeres.

La sentencia señala que el deber del Estado chileno es otorgar protección, sin discriminación, a todas las formas de familia que existan.

8 de junio de 2020

El Segundo Juzgado de Familia de Santiago acogió la demanda de reclamación interpuesta por una de las mujeres en contra de la otra, ordenando así al Registro Civil a inscribir al menor como hijo de ambas.
La sentencia sostiene que se acoge la demanda de reclamación de maternidad interpuesta y en consecuencia se declara que el niño A.J.D.R.D.G., nacido el 28 de septiembre de 2017 es hijo de G.T.S.G.D. y de E.Z.M.D.R.A.
El fallo de primera instancia indicó, entre otras cosas, que el deber del Estado chileno es otorgar protección, sin discriminación, a todas las formas de familia que existan, y esforzarse por integrarlas a la vida nacional.
Para ello, detalla, es esencial que el estado civil de un hijo que nace y crece en una familia encabezada por personas del mismo sexo, que han expresado voluntad de procrear, coincida con su filiación legal y se vea reflejada en sus documentos de identificación.
Añade que como se ha señalado, la hipótesis de una desigualdad ante la ley se expresaría en dos niveles: primero, una desigualdad entre la representación de familia que figura en el derecho y las formas familiares concretas, mientras que en un segundo nivel queda la consecuencia inmediata de la primera brecha, que muchas familias de facto no son consideradas como tales, lo que ocasiona problemas concretos en su vida cotidiana.
De acuerdo a los antecedentes consignados en la sentencia, las madres llevan ocho años de relación y en diciembre de 2015 suscribieron el Acuerdo de Unión Civil. Fue en 2016, cuando una de ellas se sometió al procedimiento de reproducción asistida, naciendo el menor en septiembre del año siguiente. Sin embargo, solo una de ellas tenía vínculo legal con el menor, ya que a la otra no se le reconoció la maternidad. Posteriormente, la pareja intentó alcanzar el reconocimiento de la maternidad de ambas mediante un recurso de protección presentado ante la Corte de Apelaciones de Santiago, el cual terminó siendo rechazado y confirmado por la Corte Suprema. Luego la pareja optó por presentar una demanda de reconocimiento filial entre ambas, la cual revirtió la situación.

 

Vea texto íntegro de la sentencia

 

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