Cartas al Director

Código de Procedimiento Penal.

Adolfo Paúl L.

28 de septiembre de 2018


Constituye una monstruosa aberración jurídica y procesal, y un atentado contra los derechos humanos, la aplicación en la actualidad del antiguo Código de Procedimiento Penal inquisitorial a un reducidísimo grupo de personas, en circunstancias que el nuevo Código Procesal Penal está en pleno vigor desde el 16 de junio del año 2005, fecha en que culminó la implementación de la reforma procesal penal. Lo antedicho, por las siguientes razones:
El Código de Procedimiento Penal es absolutamente inconstitucional porque establece un sistema procesal que vulnera la garantía del debido proceso, que nuestra Carta Fundamental y tratados internacionales sobre derechos humanos vigentes en Chile aseguran a todas las personas.
El objetivo de la reforma procesal penal era poner fin al antiguo sistema de procedimiento penal.
Las leyes procesales penales rigen in actum y se deben aplicar incluso a los procesos ya iniciados, salvo cuando la ley anterior contuviere disposiciones más favorables al imputado.
De acuerdo con los principios de favorabilidad, pro reo y pro homine, el Código Procesal que debe ser aplicado es el nuevo, porque es el más beneficioso para los imputados.
Las normas transitorias que permitían la coexistencia de dos sistemas procesales penales diferentes durante el tiempo que tomó la implementación gradual de la reforma —lo que atentaba gravísimamente contra la igualdad ante la ley— quedaron sin una razón que las justificara una vez que la reforma entró en pleno vigor en todo el territorio nacional y actualmente solo establecen una discriminación arbitraria.
Por estas razones el antiguo Código de Procedimiento Penal es inaplicable por inconstitucionalidad y está derogado tácitamente.
Al respecto, nuestra Corte Suprema ha expresado: “En un Estado Democrático de Derecho no resulta concebible que sus ciudadanos se encuentren sometidos a dos clases distintas de justicia”. Por otra parte Milton Juica Arancibia, expresidente de dicho Alto Tribunal, declaró: “Hacía muchos años que se quería modificar el Código Procesal Penal, que era el menos legítimo dentro de toda América. ¡Era una  vergüenza tener un procedimiento de esa naturaleza!”.

Lamentablemente, tal vergüenza se resiste a morir.

 

Adolfo Paúl L.

Abogado

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *