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Vulneración de derechos.

CS acogió protección en favor de pacientes que quedaron sin tratamiento de diálisis.

La Corte Suprema acogió un recurso de protección presentado en favor de 175 pacientes que deben someterse a diálisis y hemodiálisis en la Región de Coquimbo.

26 de diciembre de 2013

La Corte Suprema acogió un recurso de protección presentado en favor de 175 pacientes que deben someterse a diálisis y hemodiálisis en la Región de Coquimbo, y cuyos tratamientos se encuentran en riesgo debido a la falta de atención en la zona.

En fallo unánime, los Ministros de la Tercera Sala acogieron la acción cautelar presentada por pacientes del Centro de Diálisis Obregón, Subiabre y Morales Ltda. –Osmodial–, quienes quedaron sin atención al ser condenado el centro de salud por prácticas antisindicales e impedido de contratar servicios con el Estado.

En su sentencia, arguye el máximo Tribunal que “en el presente caso existe una perturbación de los derechos fundamentales de los pacientes, quienes se verán afectados por la falta de posibilidad de los 180 cupos de hemodiálisis, específicamente en la garantía consagrada en el numeral 1° del artículo 19 de la Constitución Política.

Conforme al tenor del informe del Servicio de Salud de Coquimbo, el cierre o suspensión de algunos de los centros públicos o privados en convenio marco constituye un grave peligro para la vida de los pacientes aquejados de insuficiencia renal crónica”.

Luego, expresa el fallo que “mientras no existan otros prestadores en la zona que otorguen completa, suficiente y cabal atención a quienes piden la protección de esta Corte, y careciendo -por ahora- el Estado de los medios para entregarla, se concede un plazo de 6 meses para que el Servicio de Salud de Coquimbo solucione cada uno de los casos de pacientes afectados por insuficiencia renal crónica que no tengan la apropiada cobertura dentro de la región para brindarles la atención de salud correspondiente, tiempo durante el cual la asistencia médica de los pacientes renales será proporcionada por la sociedad contratista Centro de Diálisis Obregón, Subiabre y Morales Ltda., Osmodial”.

Por lo tanto, concluye la Corte Suprema acogiendo “el recurso de protección deducido en lo principal de la presentación, ordenándose al Servicio de Salud de Coquimbo, recurrido en estos autos, cumplir a cabalidad lo señalado en el considerando noveno de este fallo en el plazo que se indica”.

 

 

 

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