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Por unanimidad.

Corte de La Serena acogió protección por carta de desalojo de Gobernación Marítima.

El recurrente sostuvo que su título de dominio le otorga el derecho de propiedad sobre el inmueble que ocupa y en caso alguno, puede ser privado de ello.

9 de septiembre de 2016

Se dedujo acción de protección en contra de Gobernación Marítima de Coquimbo, a fin de restablecer el orden jurídico quebrantado y el imperio del derecho, solicitando la suspensión inmediata de los efectos de la carta de desalojo enviada por la autoridad marítima.

El recurrente sostuvo que su título de dominio le otorga el derecho de propiedad sobre el inmueble que ocupa y en caso alguno, puede ser privado de ello. Al efecto, agregó que el actuar de la Autoridad Marítima constituye un abuso que se traduce en una clara transgresión y amenaza a la garantía constitucional amparada por el número 24 del artículo 19 de nuestra Carta Fundamental.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el arbitrio constitucional, señalando que el acto es arbitrario en cuanto la autoridad determinó que existiría una ocupación ilegal de la construcción del Restaurant, sin tener antecedente que lo determine fehacientemente, por lo que no se funda tal calificación en elementos objetivos y precisos.

De esta forma, concluye la sentencia indicando que la actuación no se sustenta en hechos y elementos concretos que permitan establecer con certeza la ocupación ilegal declarada, por lo que se ha vulnerado el articulo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

 

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