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Luego del Referéndum.

TC español suspende el pleno del Parlamento de Cataluña convocado para el lunes. Trata de evitar la declaración de independencia.

El acuerdo de celebrar el pleno secesionista del día 9 sería ilegal pues implica la aplicación de normas suspendidas por el Constitucional.

5 de octubre de 2017

El TC suspendió el pleno del Parlamento de Cataluña que el próximo lunes 9 podría haber proclamado la independencia de esa comunidad autónoma sobre la base del cuestionado resultado del referéndum de autodeterminación celebrado el pasado 1 de octubre.

El tribunal admitió de forma cautelar un recurso de amparo presentado en la misma mañana por diputados del PSC, que consideraban que la convocatoria de ese pleno atenta contra sus derechos como parlamentarios. El Constitucional advirtió a la presidenta de la Cámara autonómica y a la Mesa de que pueden incurrir en responsabilidades penales si se celebra el pleno de la secesión.

El pasado miércoles, la Mesa del Parlamento, admitió a trámite una petición verbal formulada en la junta de portavoces por Junts pel Sí y la CUP para que, el próximo lunes, el presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, comparezca en el pleno para “valorar los resultados del referéndum del día 1 de octubre y sus efectos”. Esta petición, que supone dar pie a que Puigdemont proclame la independencia de Cataluña, se realizó al amparo del artículo 4 de la Ley del Referéndum de Autodeterminación, aprobada el 6 de septiembre y suspendida inmediatamente por el Constitucional tras un recurso del Gobierno central.

La declaración formal de la independencia supone, además, la entrada en vigor de la segunda pata legal de la ruptura de Cataluña con el resto de España: la ley de transitoriedad jurídica, la “norma suprema” llamada a dejar sin vigencia a la Constitución en esa comunidad.

El acuerdo de celebrar el pleno secesionista del día 9 es ilegal pues implica la aplicación de normas suspendidas por el Constitucional.

En el amparo al TC el partido que recurre expone que el acuerdo de celebración del pleno vulnera el derecho de sus diputados de ejercer el cargo sin “perturbaciones ilegítimas”. También solicitaban, como medida cautelar, la suspensión del acuerdo de la Mesa, y, por lo tanto, del Pleno de secesión del próximo lunes.

El TC actuó de inmediato y los 12 magistrados tardaron apenas unas horas en aceptar la petición de amparo del Grupo Parlamentario Socialista en el Parlamento. Y como ha sucedido hasta ahora en todas las resoluciones derivadas del desafío independentista catalán, lo hicieron por unanimidad.

El alto tribunal suspendió el pleno del lunes por su “especial trascendencia constitucional” y porque el recurso planteado por el PSC es de “relevante y general repercusión social y económica”. Con esta resolución cautelar el TC declara “radicalmente nulo y sin valor ni efecto alguno” cualquier acto, acuerdo o vía de hecho que incumpla la suspensión de esa sesión del Parlamento catalán. El TC afirma que en este caso concurre la “urgencia excepcional” a la que su Ley Orgánica y que invocaban los parlamentarios socialistas, ya que la celebración del pleno del Parlamento “produciría un perjuicio de imposible o muy difícil reparación que haría perder su finalidad al recurso de amparo”.

Una vez más, el tribunal notifica su resolución a la presidenta del Parlamento y a los miembros de la Mesa de la Cámara y les vuelve a advertir de su deber de “impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión” acordada. Además, les advierte de las “eventuales responsabilidades, incluida la penal” en que pueden incurrir si, como han hecho hasta ahora con otras de sus resoluciones, ignoran esta suspensión.

Fuentes del Parlamento explicaron que aún no se ha firmado el decreto de convocatoria del pleno, algo que suele hacer los viernes previos a la sesión. Después de este trámite, los diputados reciben una notificación por correo electrónico, y es ahí donde se dan por convocados. A pesar de ello, las mismas fuentes defienden que la intención de la presidenta de la Cámara catalana es “preservar y garantizar la libertad de expresión y el derecho de iniciativa legislativa”.

 

 

Vea texto íntegro de la resolución.

 

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