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Adoptada por medio de Resolución.

CIDH lamenta la prohibición de la enseñanza de género en Paraguay.

La Comisión sostiene que la medida supone un retroceso para los derechos de las mujeres, de las personas con orientaciones sexuales e identidades de género diversas y de los niñas y niños a recibir una educación libre de estereotipos basados en ideas de inferioridad o de subordinación.

18 de diciembre de 2017

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa su preocupación por la decisión del Ministerio de Educación y Ciencias de Paraguay de prohibir la difusión y utilización de materiales referentes a la “teoría y/o ideología de género”.
La CIDH sostiene que la medida, adoptada por medio de la Resolución nº. 29.664, supone un retroceso para los derechos de las mujeres, de las personas con orientaciones sexuales e identidades de género diversas y de los niñas y niños a recibir una educación libre de estereotipos basados en ideas de inferioridad o de subordinación.
La Relatora sobre los Derechos de la Niñez, Comisionada Esmeralda Arosemena de Troitiño, afirmó que “este tipo de medidas suponen una grave omisión del deber del Estado de proteger a la niñez de toda forma de violencia y de discriminación, en todos los ámbitos, y especialmente en la escuela”.
A continuación planteó que  “un gran número de niñas y niños son víctimas de diversas formas de violencia y de acoso (bullying) en las escuelas, en ocasiones basadas en su identidad y expresión de género, y en su orientación sexual, real o percibida”.
También, aseveró que de acuerdo con los tratados internacionales ratificados por Paraguay, uno los propósitos de la educación es inculcar el respeto por los derechos humanos y fomentar una cultura de respeto a las diferencias. El propio entorno escolar debe reflejar estos valores y el espíritu de entendimiento, tolerancia e igualdad, en su mismo funcionamiento”.  
En esta línea, la Comisión considera preocupante que la perspectiva de género sea peyorativamente referida como “ideología de género”. La perspectiva de género es una herramienta clave para combatir la discriminación y la violencia contra las mujeres y contra las personas con orientaciones sexuales e identidades de género diversas; y un concepto que  busca visibilizar la posición de desigualdad y de subordinación estructural de las mujeres a los hombres en razón de su género, indica.
Asimismo, la CIDH recuerda a los Estados de la región su obligación de adoptar medidas específicas para modificar los patrones socioculturales de conductas heteronormativas, incluyendo el diseño de programas de educación formales y no formales para contrarrestar prejuicios y costumbres y todo otro tipo de prácticas que se basen en la premisa de la inferioridad de las mujeres o de otros colectivos históricamente discriminados en razón de su diversidad sexual o identidad de género.
“Los programas educativos con perspectiva de género y de diversidad sexual son indispensables para erradicar los estereotipos negativos, para combatir la discriminación y para proteger los derechos de todas las personas,” dijo la Relatora de la CIDH sobre los Derechos de las Mujeres, Comisionada Margarette Macaulay.
Preocupa a la Comisión que las medidas adoptadas prohibiendo la enseñanza con perspectiva de género corresponda a una lectura limitada y estereotipada del concepto de familia, que desconoce los estándares internacionales vigentes en la materia y excluye arbitrariamente las familias diversas, como las formadas por parejas del mismo sexo, las cuales son merecedoras de igual protección bajo la Convención Americana. La CIDH señala que este tipo de interpretación genera un ambiente propicio para el desarrollo de discursos y actitudes discriminatorias en relación a las personas LGBTI.
Luego, el Presidente de la CIDH y Relator sobre los derechos de las personas LGBTI, Comisionado Francisco Eguiguren Praeli, señala que  “el concepto de familia no puede limitarse solamente a los estereotipos basados en los conceptos binarios de género – hombre y mujer, ni en orientaciones sexuales heteronormativas. El concepto de familia debe ser comprendido en su más amplio espectro para garantizar el reconocimiento de los vínculos afectivos diversos y respetar la orientación sexual y la identidad de género de las personas, así como la protección de los niñas y niños pertenecientes a estas familias”.
Por ello, la CIDH insta al Estado paraguayo a dejar sin efecto la referida resolución y a garantizar que los materiales educativos impresos y digitales mantengan e incluyan un contenido educativo incorporando una perspectiva de género, avanzando en el cumplimiento de los estándares internacionales en el principio de igualdad de todas las personas y la no tolerancia a la discriminación por motivos de sexo, género u orientación sexual.

 

Vea texto íntegro del comunicado

 

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