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¿Qué es la justicia poética y en qué consiste?

La imaginación y la ficción son elementos esenciales para el Derecho y los juristas. La inteligencia profunda requiere también dosis de pasión y emoción.

13 de noviembre de 2018

Un terrorista al que le estalla su propia bomba, un cazador aplastado por el elefante que acaba de cazar, un racista que descubre ancestros en África, un predicador moralizante casado engañando a su esposa y como guinda del pastel, un juez juzgado, un abogado en el banquillo de los acusados…, así el texto entrega ejemplos de la llamada justicia poética, que a veces salta de las páginas de los libros y aterriza en la vida real.
A continuación, se afirma que requiere tres conceptos básicos: castigo para el mal, premio para el bien y el triunfo de la lógica; y que en realidad la justicia poética es un término literario, un desenlace ejemplarizante donde el perverso es castigado y el bondadoso sale triunfante de sus desdichas, si bien frecuentemente a título póstumo. La demanda de justicia poética es consistente en los autores clásicos y aparece en Horacio, Plutarco y Quintiliano.
Luego, se recuerda que en España, Lope de Vega y Calderón de la Barca fueron maestros de aplicar la justicia –y la injusticia- poética en sus obras: “El castigo sin venganza” (1634) del primero o “El médico de su honra” (1637) del segundo son dos buenos ejemplos. El gran Lope de Vega utilizó muy a menudo la justicia poética en sus creaciones.
El poeta isabelino inglés Philip Sidney, en su obra “Defence of Poetry”, argumentó que la justicia poética era, de hecho, la razón por la que se debía permitir la ficción en una nación civilizada.
El término (poetic justice) fue acuñado por Thomas Rymer en “The tragedies of the last age considered” (1678), para describir cómo una obra debería inspirar el comportamiento moral por medio del triunfo del bien sobre el mal.
De manera que, se expone, aunque en la vida real no siempre se hace efectiva la verdadera justicia, en las obras literarias es posible conseguirla de manera ficticia y a menudo con un apropiado toque irónico.
Curiosamente, se añade, la justicia poética no sólo requiere que el vicio sea castigado y la virtud recompensada, sino que también la lógica triunfe.
Si, se pone como ejemplo, un personaje está dominado por la codicia durante la mayor parte de un romance o drama, en ningún momento puede volverse generoso, porque la acción de una obra de teatro, un poema o una ficción, debe obedecer las reglas de la lógica y la moral.
Para Thaddeus Metz, profesor de Investigación de Filosofía de la Universidad de Johannesburgo, “lo que más destaca de la justicia poética es que resulta muy apropiada. Hay una especie de armonía -o unidad estética- que las definiciones habituales no logran captar”.

EN LA VIDA REAL

Enseguida el texto explica que la justicia poética trasladada a la vida real significa que una persona perjudica injustamente a otra y posteriormente recibe un daño del mismo tipo de una fuente extralegal, o un daño de otra o de la misma naturaleza causado por su acto dañino. Hay pues un acto humano o un acontecimiento de otro tipo – na catástrofe, una casualidad, algo inesperado- que restablece el equilibrio de la balanza de la justicia. Lo que siempre se ha llamado tomar una cucharada de tu propia medicina.
Esto produce en los seres humanos una especie de satisfacción extraprocesal, porque si bien puede ser legal cazar elefantes y no punible exhibir actitudes racistas, -cuando la ley no puede castigar estos casos- sólo la justicia poética hará realidad tal tarea.
Es decir, si alguien se ha comportado mal y recibe en cierta forma su merecido, podemos sentirnos íntimamente satisfechos.
Además el texto cita a Martha Nussbaum, galardonada el 16 de mayo de 2018 con el Premio Príncipe de Asturias de Ciencias Sociales, quien va mucho más allá en el campo de la justicia poética al afirmar que el rol de los poetas es similar al de los jueces, porque al razonamiento judicial de estos últimos le agrega la imaginación literaria de los primeros.
La filósofa, en su obra “Justicia poética” (1996) en la que combina derecho y literatura, parte de la tesis de la necesidad de humanización que tienen los jueces y abogados, y aboga por la necesidad de formarlos en literatura, porque ello les permitirá desarrollar su imaginación y les dotará de herramientas racionales que les ayuden a la hora de tomar decisiones.
De ahí que Nussbaum afirme que “la literatura y la imaginación literaria son subversivas” a la mentalidad científica, es decir que sin literatura los jueces no podrán ser buenos jueces, los legisladores buenos legisladores, ni los economistas buenos economistas.
La literatura, dice, desarrolla la imaginación y forma las capacidades que ayudan al hombre a realizar un mejor análisis de la realidad, para así poder transformarla.
Para la catedrática universitaria, la justicia que se imparte actualmente se basa exclusivamente en juicios abstractos, calculados, fríos; es decir, se trata de borrar toda emoción para que haya mayor neutralidad en los juicios.
Sin embargo: ¿será posible negar algo tan natural del mismo hombre? Nussbaum dice que no.
Según ella, quienes imparten justicia actualmente muchas veces sólo ven un número, un objeto y nada más, se olvidan de que es alguien y no algo.
Se concluye que la imaginación y la ficción son elementos esenciales para el Derecho y los juristas. La inteligencia profunda requiere también dosis de pasión y emoción. El proceso del Derecho requiere de estos elementos que surgen del interior y que lo enriquecen, en una reivindicación constante del papel esencial de los estudios de humanidades en la formación y en la gestión de la opinión publica.

EL KARMA Y LOS DIOSES

También se expone que el Karma es un aspecto más de la justicia, en este caso no terrenal sino espiritual, pero en cierta forma se puede relacionar con la justicia poética.
Se refiere al principio de causa y efecto donde las acciones de un individuo (causa) influyen en el futuro de ese individuo (efecto).
Las buenas intenciones y las buenas acciones contribuyen al buen karma y la felicidad futura, mientras que las malas intenciones y las malas acciones contribuyen al mal karma y al sufrimiento futuro.
Hablar de causa y efecto nos remite a su vez a la justicia divina, que generalmente se define como un instrumento de un dios para castigarnos por nuestros pecados, cuando en realidad se vincula con el libre albedrío del que disponemos, mediante el cual nos enfrentamos con la responsabilidad adquirida por cada acción que realizamos.
Se detalla que si la justicia poética es laica, la justicia divina existe en todas las religiones: antes o después pagaremos por nuestras faltas.
Es la justicia que nos han entregado los dioses, no es medible en términos humanos, cae en manos de las personas que tienen fe en determinada entidad divina.
Al mismo tiempo, no se puede entender linealmente ya que no existe una forma concreta de hacerse presente, es simplemente un concepto abstracto de lo que entendemos por justicia como seres que conviven en sociedad.
La principal fortaleza de la justicia divina tiene que ver con la sensación, para aquellos que en ella creen, de que la misma cubre todos los huecos que nos deja la justicia humana.
Y es aquí donde entronca de alguna manera con la justicia poética.
Así, ante un delito puede flaquear la justicia humana mientras la justicia de los dioses se cumple indefectiblemente, tal vez en esta vida, en la otra o en las otras.
Por último, se arguye que el objetivo final es compartido: combatir la impunidad.

 

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