Noticias

Libertad de expresión.

Proyecto deroga toda pena privativa de libertad para radiodifusión sin licencia.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Transporte y Telecomunicaciones del Senado.

8 de enero de 2016

La moción del senador Navarro, expone que existen una serie de instrumentos, convenciones y principios internacionales sobre Libertad de Expresión contenidos en el derecho internacional y nacional chileno.

Observa luego que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha indicado que “La libertad de expresión no se agota en el reconocimiento teórico del derecho de hablar o escribir, sino que comprende además, inseparablemente, el derecho a utilizar cualquier medio apropiado para difundir información y hacerla llegar al mayor número de destinatarios”.

Al efecto, el autor de la iniciativa sostiene que el Informe Anual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos 2012, de la Relatora Especial para la Libertad de Expresión, la Dra. Catalina Botero en su alusión al caso chileno menciona que: “La Relatoría Especial manifiesta su complacencia con la decisión adoptada el 13 de junio por la Comisión de Ciencia y Tecnología de la Cámara de Diputados, mediante la cual deroga el artículo 36 B (a) de la Ley General de Telecomunicaciones N°. 18.168, que castigaba con penas de prisión la operación o explotación de servicios o instalaciones de telecomunicaciones de libre recepción o de radiodifusión, sin autorización de la autoridad correspondiente. La decisión habría sido votada en el marco de la aprobación de la ley que crea la Superintendencia de Telecomunicaciones. De acuerdo con lo informado, la reforma “suspende las penas de cárcel a la radiodifusión sin licencia; modifica el carácter de delito de acción pública […] a delito de acción privada, mantiene multas y establece comiso de equipos sólo en caso de reincidencia”.

De esa forma, y en relación a que las leyes en materia de radiodifusión deben adecuarse a los estándares internacionales y deben hacerse cumplir mediante el uso de sanciones administrativas proporcionales y no mediante el empleo del derecho penal, el proyecto de ley propone modificar la Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, eliminando las penas privativas de libertad para la radiodifusión sin licencia.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Transporte y Telecomunicaciones del Senado.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

RELACIONADOS

* Solicitan que proyecto de radiodifusión de música chilena vuelva a Comisión de Educación…

Se discutirá constitucionalidad de proyecto que asigna cuotas mínimas de radiodifusión de música chilena…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *