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Reforma constitucional.

Moción propone consagrar constitucionalmente derecho a una vivienda digna.

Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados.

3 de agosto de 2017

La moción de los diputados Alvarez, Andrade, Arriagada, Cariola, Carvajal, Espinoza, Fernández, Jarpa y Tuma expone que la vivienda es una necesidad básica y su satisfacción es una condición importante para el desarrollo de las capacidades humanas, fin que buscan los derechos humanos. Mientras más población accede a la vivienda o mejora su situación actual, significa que más población mejora su calidad de vida, lo que se refleja en indicadores de salud, alfabetización y esperanza de vida. Contar con una vivienda se considera parte importante además, en aspectos como la estabilidad social de las comunidades, y el mejoramiento de las posibilidades laborales, ya que cumple importantes funciones en la economía informal.

Los autores señalan que en el caso de América Latina, es una de las regiones en que los niveles socioeconómicos medio y bajos presentan mayores grados de dificultad para acceder a una vivienda, principalmente, por la radical brecha que existe entre el costo de la misma y los ingresos que estos grupos poseen. Para ello citan un estudio del Banco Interamericano de Desarrollo, el cual señala que América Latina y el Caribe encabezan los índices de déficit de viviendas, y recomienda que para aumentar la oferta de viviendas adecuadas y asequibles los países deben mejorar la normativa de tenencia de tierra, ampliar los medios de financiamiento y movilizar recursos privados. Agrega que, en la actualidad, una de cada tres familias de América Latina y el Caribe —un total de 59 millones de personas— habita en una vivienda inadecuada o construida con materiales precarios, o carente de servicios básicos. Casi dos millones de las tres millones de familias que se forman cada año en ciudades latinoamericanas se ven obligadas a instalarse en viviendas informales, como en las zonas marginales, a causa de una oferta insuficiente de viviendas adecuadas y asequibles. Por tanto se puede mencionar que los mercados de vivienda locales no están cubriendo la demanda de vivienda formal, especialmente para la población de bajos ingresos y sectores medios.

A continuación, el proyecto analiza la situación actual de la vivienda en Chile, donde a pesar de los esfuerzos que los distintos gobiernos, mediante el Ministerio de Vivienda y Urbanismo y el Servicio de Vivienda y Urbanismo, han desarrollado desde inicios de los años setenta -fecha en que se impulsó una política social de Estado destinada a satisfacer las necesidades de vivienda de los grupos con más dificultades de acceso a los mercados privados de financiamiento-, aún existe un altísimo déficit habitacional, asociado a uno de los problemas más latentes en la actualidad, como es la generación de campamentos y los riesgos asociados a ellos. Así, de acuerdo a un catastro realizado por la Fundación Techo Chile durante el año 2016, existen 660 campamentos irregulares a lo largo de nuestro país. Según este reporte, la cantidad de familias que viven sin acceso regular a agua potable, luz eléctrica o alcantarillado, ha crecido en un 41,6% durante los últimos cinco años, alcanzando a las 38.770 familias. Los diputados señalan que la situación es preocupante, particularmente cuando este tipo de asentamientos se vinculan a otro tipo de problemáticas como la precarización del empleo, el aumento del costo de la vida, la baja calidad de educación, el poco nivel de instrucción laboral, el consumo de alcohol y drogas y la violencia intrafamiliar.

En razón de lo anterior, este proyecto busca asegurar que nuestra Carta Fundamental consagre el derecho constitucional a la vivienda, procurando que el Estado de Chile vele por la satisfacción de este derecho y por el establecimiento de una política pública acorde con las necesidades actuales de la población que no ha podido acceder a ella por las vías regulares. En otras palabras, el derecho a la vivienda –y el derecho a una existencia digna o vida adecuada-, debe constituir el reconocimiento de que las personas requieren de ciertas condiciones básicas para que sea posible su existencia, y que tales condiciones deben ser aseguradas por el Estado a través de acciones positivas. Obviamente la consagración propuesta en esta iniciativa debe ser complementada con la implementación legal correspondiente, como ocurre con el derecho de vivir en un medio ambiente libre de contaminación u otros derechos establecidos en nuestra Carta Fundamental, cuya regulación y protección específica está entregada a la ley.

Los diputados agregan que existen varias constituciones a nivel internacional que consagran el derecho a la vivienda, como es el caso de España, Uruguay y Colombia.

En razón de lo expuesto, la iniciativa incorpora un numeral 10° al artículo 19 de la Constitución Política, estableciendo el derecho a una vivienda digna y el contenido mínimo de dicho derecho, y pasando el actual numeral 10° a ser 11° y así sucesivamente.

Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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