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En tercer trámite.

Aprueban en Comisión Mixta norma sobre convivencia vial fijando el límite de velocidad urbana en 50 kilómetros por hora.

Corresponde ahora que la Sala de la Cámara de Diputados se pronuncie sobre el proyecto de ley en tercer trámite constitucional.

15 de enero de 2018

En condiciones de ser visto por la sala de la Cámara Baja quedó el proyecto de ley que modifica la Ley de Tránsito, para incorporar disposiciones sobre convivencia de los distintos medios de transporte. Esto luego que la Comisión Mixta conformada para acercar las discrepancias entre senadores y diputados respecto a la norma, aprobara la iniciativa.

Al efecto, el presidente de la Comisión Mixta, l senador Letelier, explicó que el punto que había generado diferencias entre los legisladores era la idea de rebajar de 60 a 50 kilómetros por hora, el límite de la velocidad urbana. “No todos los legisladores estaban convencidos de ello, pero se optó por proteger a los más vulnerables que son los peatones y ciclistas. Son ellos los que sacar la peor parte en accidentes automovilísticos”, declaró.

Con este resultado, la propuesta será votada a favor o en contra por los diputados, tras lo cual los senadores deberán hacer lo propio. De respaldarse, la norma se transformará en ley.

Por otra parte, el senador Letelier sostuvo que “Este proyecto de ley busca generar una mejor convivencia entre estos medios de transporte, pensando sobre todo en los más vulnerables que resultan ser los peatones y los ciclistas. Hoy los accidentes automovilísticos a más de 50 km por hora, son altamente letales y por eso creemos positivo reducir el índice de velocidad en zonas urbanas”.

Al efecto, cabe recordar que el objetivo del proyecto de ley es introducir normas relacionadas con la circulación de ciclistas, límites de velocidad urbana, educación vial y estándares de infraestructura.

El texto incorpora la regulación de las ciclovías, bicicletas y otros ciclos en la Ley de Tránsito, distinguiendo entre vehículos motorizados y vehículos no motorizados. También incluye en la definición de “ciclos”, a los vehículos con asistencia eléctrica con potencia máxima de 0,25 kw.

Así, crea las zonas de detención adelantada para ciclos y motocicletas, que determina el inicio de la zona de espera especial para conductores de este tipo de vehículos en un cruce con semáforo. A su vez, establece las zonas de tránsito calmado, que corresponden a vías emplazadas en zonas urbanas, donde se instauran velocidades de circulación inferiores a las fijadas en la ley, de 40, 30 o 20 kilómetros por hora.

De otro lado, plantea que las escuelas de conductores deberán promover en su enseñanza el respeto y cuidado hacia los peatones, ciclistas y conductores de otros ciclos; y encarga al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones establecer, para las ciclovías, las condiciones técnicas de: gestión, operación y mantención.

Corresponde ahora que la Sala de la Cámara de Diputados se pronuncie sobre el proyecto de ley en tercer trámite constitucional.

 

 

Vea texto íntegro del mensaje, discusión y análisis.

 

 

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