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Sello Sernac.

Proyecto encomienda al Servicio Nacional del Consumidor ser la entidad facultada para revisar contratos de adhesión celebrados con toda institución bancaria y financiera.

Corresponde ahora que la iniciativa ?en primer trámite constitucional- sea analizada por la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo de la Cámara de Diputados.

13 de abril de 2018

La moción de los diputados Bernales, Hernando, Hirsh, Mirosevic, Mulet, Saffirio, Sepúlveda, Velásquez Núñez y Velásquez Sequel, expone que la Ley N° 20.555, que modificó la Ley N° 19.496, sobre protección de los derechos de los consumidores, para dotar de atribuciones en materias financieras, entre otras, al Servicio Nacional del Consumidor

Observa luego que la modificación tenía por objeto que los contratos de adhesión que celebraran los consumidores con los bancos e instituciones financieras, establecimientos comerciales, compañías de seguros, cajas de compensación, cooperativas de ahorro y crédito y otros proveedores de servicios crediticios, de seguros y, en general, de cualquier producto financiero, tuvieran una certificación por parte del Estado que acreditara que su contenido estaba de acuerdo a la Ley.

Sin embargo, los autores iniciativa advierten que la modificación, no tuvo el impacto deseado debido al carácter facultativo que se les dio a las respectivas entidades, quedando a su arbitrio si es que lo requerían o no, por lo que casi ninguna se acogió al denominado “Sello Sernac”, circunstancia que era del todo previsible.

De esa forma, la moción expresa que el Sello SERNAC de carácter facultativo, resulta extraño en la idea que tiene la Ley del Consumidor, por lo que dicho marco legal debe estatuirse en carácter imperativo, de tal forma que obligue en todas sus partes, y no constituya una mera sugerencia de actuación para las entidades a las que va dirigida.

Por las razones expuestas, y con el objeto de avanzar en todas aquellas materias que impliquen fortalecer los derechos de los ciudadanos, y en especial el de los consumidores, el proyecto de ley propone modificar el artículo 55 de la Ley Nº 19.946, estableciendo como obligatorio el Sello Sernac, y que sea este Servicio el encargado de revisar los contratos de adhesión de las entidades financieras.

Asimismo, plantea que la obligatoriedad del Sello se extienda a que toda institución –inclusive no bancaria- tengan un servicio de atención al cliente, y un mecanismo de reclamo ante un mediador o árbitro financiero, en caso de no contentarse con la respuesta otorgada en dicho servicio.

Corresponde ahora que la iniciativa –en primer trámite constitucional- sea analizada por la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo de la Cámara de Diputados.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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