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Modifica Ley N°20.370.

Iniciativa busca incorporar lenguajes utilizados por personas con discapacidad como objetivo de aprendizaje para los escolares.

Corresponde ahora que la iniciativa -en primer trámite constitucional- sea analizada por la Comisión de Educación, Deportes y Recreación de la Cámara de Diputados.

16 de octubre de 2018

La moción de los diputados Bellolio, Desbordes, Girardi, Rey, Rojas, Schalper, Vallejo y Winter, expone que su objetivo es incorporar, dentro del plan curricular en la enseñanza básica y media, el aprendizaje del lenguaje inclusivo, entendiéndolo como el que es utilizado por personas con discapacidad, tales como la lengua de señas, con la finalidad de integrar en niños y adolescentes el principio básico de inclusión y aceptación.

Los autores afirman que la diversidad nos enriquece. Explican que esto no se ha entendido así pues desde una visión teocéntrica, mono cultural y monolingüe siempre se nos hizo ver al otro como un “peligro”, cuando en realidad la diversidad nos constituye como seres humanos, desde antes de la globalización. Y, a su vez, los niños son fácilmente “enseñables”, a condición de que se les dé la oportunidad de aprender. En este sentido, manifiestan que no se trata de enseñar en el sentido de mostrar, sino en el sentido de crear oportunidades para que los niños y niñas puedan hablar y explorar textos en cualquier lengua, con sentido y a partir de una necesidad.

Reflexionan que, con motivo a la alta exigencia académica que se les exige a los establecimientos educacionales del país, sumado con la escasez de recursos para complementar la malla curricular, se ha generado que prácticamente ningún establecimiento contemple asignaturas que infundan valores de inclusión en sus estudiantes, lo que lleva consecuencialmente que la Ley N°20.370, que en su artículo 29 se refiere, entre otros, al reconocimiento y respeto a la diversidad cultural –en la enseñanza básica-, no tenga peso alguno.

Adicionalmente, sostienen que dicha norma no contempla objetivos valóricos en la enseñanza media, lo que es un grave error a su juicio, toda vez que esa es la etapa educativa donde existe una mayor capacidad cognoscitiva y donde se pueden incorporar una metodología destinada a inculcar los valores al ámbito profesional y laboral. Es en este punto, argumentan, donde los valores como respeto, integridad, solidaridad y optimismo obtienen una gran fuerza, pues únicamente ver con orgullo que nuestros futuros profesionales no solo buscan el éxito económico, sino que logran desarrollarse como personas íntegras, que escrutan el bien común con aras a lograr una sociedad más justa y respetuosa, podría llevar a decir que nuestra educación es de calidad y donde logramos crear profesionales exitosos.

A su vez, la referida Ley General de Educación, en su artículo 2°, se refiere al objetivo de la educación, en cuanto al desarrollo de la formación integral de los/as estudiantes a través del aprendizaje de los conocimientos, habilidades, actitudes, valores y comportamientos que se esperan que éstos desarrollen en el plano personal, intelectual, moral y social, según explican los parlamentarios. En este sentido, la transversalidad educativa enriquece la labor formativa de manera tal que conecta y articula los saberes de los distintos sectores de aprendizaje y dota de sentido a los aprendizajes disciplinares, estableciéndose conexiones entre lo instructivo y lo formativo.

En síntesis, los autores de la iniciativa afirman que resulta trascendental integrar una visión de respeto de derechos humanos de las personas con discapacidad, con una utilización de lenguaje que promueva valores de respeto, tolerancia, fraternidad, con el uso inclusivo del lenguaje. De acuerdo a ello, la presente iniciativa parlamentaria establece, dentro del deber de educación que pesa sobre los establecimientos educacionales, incorporar en sus mallas curriculares módulos que abarquen el lenguaje inclusivo desde temprana edad.

Concretamente, el proyecto incorpora un nuevo inciso final en el artículo 32 de la Ley General de Educación con el siguiente texto: “Los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado deberán incorporar en sus mallas objetivos de aprendizaje en todas las etapas del proceso educativo, el lenguaje utilizado por personas en situación de discapacidad, tales como el lenguaje de señas, con especial consideración en promover la inclusión, derribando barreras contra la discapacidad.”

Corresponde ahora que la iniciativa -en primer trámite constitucional- sea analizada por la Comisión de Educación, Deportes y Recreación de la Cámara de Diputados.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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