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Modifica Ley N° 20.283.

Iniciativa busca elevar protección de especies calificadas como nativas.

Actualmente el proyecto de ley -en primer trámite constitucional- está siendo analizado por la Comisión de Agricultura del Senado.

11 de octubre de 2019

La moción de los senadores Aravena, Castro y Ossandón expresa que la actual regulación, bajo la perspectiva actual de necesidad de conservación, resulta insuficiente para resguardar el patrimonio natural de nuestro país, por lo cual, nuevas limitaciones que versen sobre especies catalogadas confirmen al inciso primero del artículo 19 de la ley 20.283 deberían contar con mayor protección.

De este modo, expresan que la segunda parte del inciso primero del artículo, que establece que "Esta prohibición no afectará a los individuos de dichas especies plantados por el hombre, a menos  que  tales  plantaciones se hubieren efectuado en cumplimiento de medidas de compensación, reparación o mitigación dispuestas por una resolución de calificación ambiental u otra autoridad competente", quiere decir que si la plantación no tiene fines compensatorios, reparatorios o de mitigación los individuos se convierten en prescindibles. Lo anterior debilita y desincentiva la reforestación nativa de las personas, pues los individuos que sean objeto de tales acciones carecen de todo tipo de resguardos especiales dada su particularidad pertenencia al patrimonio de nuestro país.

En este sentido, consideran que lo anterior hace necesario que la protección de las especies y ejemplares de las mismas que sean identificados bajo las categorías que contempla la ley y que pertenezcan a especies nativas, parte de lo que la misma legislación señala como conservación del patrimonio ambiental que no es otra cosa que el uso y aprovechamiento racionales o la reparación, en su caso, de los componentes del medio ambiente, especialmente aquellos propios del país que sean únicos, escasos o representativos, con el objeto de asegurar su permanencia y su capacidad de regeneración. La norma que se pretende modificar atenta contra esta normativa base, debiendo realizarse la modificación.

Así, el presente proyecto de ley finaliza aduciendo que es recurrente observar en diferentes ciudades de nuestro país movilizaciones sociales, de vecinos y organizaciones que, con el único ánimo de preservar este patrimonio, representado por especies tales como la palma chilena, el raulí, la patagüa, el belloto del centro, el ruil, el coigüe, el arrayán, el pimiento, el tamarugo entre otros, sin que jurídicamente se pueda poner freno a tales situaciones.

Actualmente la iniciativa -en primer trámite constitucional- está siendo analizada por la Comisión de Agricultura del Senado.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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