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Con voto en contra.

TC se pronunciará respecto del fondo de inaplicabilidad que impugna norma del Código del Trabajo impide oponer excepción de compensación en cobranza laboral.

La decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro Pozo, quien estuvo por declarar inadmisible el requerimiento.

17 de agosto de 2018

El TC declaró admisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugna la parte final del inciso primero del artículo 470 del Código del Trabajo.

La gestión pendiente incide en autos laborales, por demanda de despido injustificado, ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco, en actual conocimiento de la Corte de Temuco por recurso de apelación.

La requirente estima que el precepto impugnado vulneraría el debido proceso y la seguridad jurídica, al impedir el derecho a defensa por no poder oponer ante el tribunal la excepción que operó en la especie.

La Segunda Sala del TC declaró admisible el requerimiento, por cuanto los antecedentes examinados permiten concluir que se dio cumplimiento a todos los requisitos exigidos por el artículo 93 inciso decimoprimero de la Constitución Política, en relación con lo previsto en los artículos 83 y 84 de la LOCTC.

La decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro Pozo, quien estuvo por declarar inadmisible el requerimiento al estimar que se verifica la causal dispuesta en el numeral 6 del artículo 84 de la LOCTC; esto es, la falta de fundamento plausible para el requerimiento, ya que la requirente no efectuó esta alegación en la etapa procesal pertinente, el juicio laboral previo, siendo por ende improcedente que lo efectúe actualmente, cuando el juicio se encuentra en etapa de cobranza.

Luego de que la Sala designada por el Presidente del TC declarara la admisibilidad del requerimiento deducido, le corresponderá al Tribunal Pleno, en definitiva, emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

 

Vea texto íntegro del expediente Rol N° 5020-18.

 

 

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