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Por unanimidad.

Corte de Temuco rechazó amparo y mantiene en prisión preventiva a comunero imputado por quema de templo.

El debate en torno a la procedencia de la medida cautelar decretada en contra del amparado se produjo dentro de un proceso judicial vigente.

10 de noviembre de 2017

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Temuco rechazó hoy –viernes 10 de noviembre– el recurso de amparo presentado por la defensa y mantuvo en prisión preventiva a Benito Rubén Trangol Galindo, imputado por el Ministerio Público como autor del delito consumado de incendio, en carácter de terrorista. Ilícito que habría perpetrado, junto a otros tres imputados,  el 9 de junio de 2016, en la comuna de Padre Las Casas.

En su sentencia, expone en síntesis que el debate en torno a la procedencia de la medida cautelar decretada en contra del amparado se produjo dentro de un proceso judicial vigente, en el cual se han respetado las garantías del imputado y se han observado los principios formativos del proceso penal, motivo por el cual no cabe analizar el acto recurrido sobre la base de alguna infracción legal o constitucional que lo afecte, lo que impide a este Tribunal adquirir convicción acerca de la existencia de una privación, perturbación o amenaza ilegítima del derecho a la libertad personal del recurrente.

Conforme a lo anterior, la Corte concluyó rechazando el recurso deducido a lo principal de folio N° N°54469-2017, por Pablo Ortega Manosalva en a favor de Benito Rubén Trangol Galindo.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

 

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