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Pretende elevar estándares.

Fue firmado instructivo sobre buenas prácticas en materia de declaraciones e intereses.

Junto con el instructivo, el Ejecutivo envió al Congreso Nacional un proyecto de reforma constitucional para que los Presidentes y Presidentas de la República estén obligados a presentar declaraciones de patrimonio e intereses de por vida.

20 de marzo de 2015

La Presidenta de la República, Michelle Bachelet, firmó el instructivo que mejora los estándares de información que entregan los servidores públicos en sus declaraciones de patrimonio e intereses.

El instructivo permitirá elevar los estándares de transparencia en el Gobierno y en diversas reparticiones del Estado. El objetivo es que todas las autoridades -sin excepción alguna- rindan cuenta con plena a transparencia de sus bienes, patrimonio y cómo éste evoluciona mientras estén desempeñando sus cargos.

En esencia, el citado texto establece que las declaraciones deben tener información completa y veraz sobre la totalidad de activos, pasivos e intereses de quienes las presentan. Además del contenido que actualmente estipula la ley, contempla: 1.- La totalidad de actividades profesionales y económicas de quien declara, remuneradas o no, en las que haya participado durante los dos años anteriores a asumir su cargo; 2.- La tasación fiscal y valor comercial de inmuebles y vehículos; 3.- La participación en comunidades, sociedades o empresas y el valor comercial de esos derechos. Pero si además los derechos o acciones le permiten influir decisivamente en la administración de una sociedad, comunidad o empresa, deberá indicar bienes, derechos y acciones que pertenezcan a ella; y 4.- Transparentar los créditos o deudas a partir de cierta cantidad, con el monto y el nombre o razón social del acreedor, así como los depósitos y cuentas bancarias de funcionarios o autoridades, con los montos correspondientes.

De otro lado, el instructivo amplía el universo de autoridades y funcionarios que deben presentar su declaración de patrimonio e intereses. Será obligatoria para: 1.- Trabajadores contratados a honorarios en los Ministerios, servicios o gobiernos regionales, sobre un monto de remuneraciones determinado; 2.- Eso también vale para el personal de la Presidencia, incluyendo a quien cumpla la tarea de director o directora Sociocultural, independiente de que reciba o no remuneración por sus funciones; 3.- Deberán entregar su declaración quienes tengan cargos directivos en corporaciones, fundaciones con participación mayoritaria del Estado, así como los directivos de empresas y sociedades en las que el Estado participe con un capital mayoritario o en igual proporción que los otros socios; 4.- Estas buenas prácticas deben instalarse, de igual manera, entre los rectores e integrantes de las direcciones en las universidades del Estado.

Luego, se señala que toda la documentación mencionada constará en un sitio electrónico con datos abiertos, es decir, que cualquier ciudadano o ciudadana podrá consultar las declaraciones de funcionarios y autoridades.

Finalmente, junto con el instructivo, el Ejecutivo envió al Congreso Nacional un proyecto de reforma constitucional para que los Presidentes y Presidentas de la República estén obligados a presentar declaraciones de patrimonio e intereses de por vida.

 

 

 

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