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En La Araucanía.

INDH entrega informe sobre Misión de Observación al Proyecto Central Hidroeléctrica Los Aromos.

El INDH advierte que los titulares de proyectos de inversión a emplazarse en territorios con presencia de pueblos originarios deben actuar con la debida diligencia que esa realidad en particular reclama.

5 de junio de 2015

En días recientes, una delegación del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH),  hizo entrega a la autoridad de Gobierno y a comunidades indígenas de la Región de La Araucanía del “Informe Misión de Observación Proyecto Central Hidroeléctrica Los Aromos”, que recoge los resultados del trabajo en terreno realizado por el INDH durante julio de 2014 en dicha región.

Al efecto, en una reunión efectuada en las oficinas del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de la IX Región, el INDH entregó el documento al director (s) del servicio, Ricardo Moreno.  Asimismo, la delegación del INDH entregó el informe y realizó presentaciones sobre éste en las comunidades Juan Huenchumil, de la comuna de Freire, y Karilafken, de la comuna de Pitrufquén.

En relación a su contenido, cabe destacar que en abril de 2014 concurrieron al INDH representantes del Lof Carilafquén para poner en conocimiento del Instituto que en la zona de Allipén y Pitrufquen se estaba evaluando la construcción de una central hidroeléctrica de paso, específicamente en el río Toltén, proyecto que estaba siendo evaluado por el SEIA bajo la modalidad de Estudio de Impacto Ambiental desde el 23 de diciembre de 2013, y que eventualmente implicaba afectaciones a los derechos fundamentales de personas y comunidades indígenas del sector.

En virtud de la información recogida en dicha reunión, se expone, el proyecto contaba con la oposición de las autoridades comunales de Pitrufquén y Freire, de algunas comunidades indígenas ribereñas al río Toltén y de organizaciones de la sociedad civil. Además, en términos de normativa involucraba un conjunto de disposiciones y procedimientos respecto de los cuales el INDH se había pronunciado y se constituía en una oportunidad para observar la aplicación práctica de dichas normas.

En este contexto, se manifiesta en el documento que el INDH, en julio de 2014, visitó La Araucanía en dos ocasiones para entrevistarse con todos los actores involucrados, siendo éstos comunidades indígenas y organismos de Gobierno, así como también con el representante legal del proyecto hidroeléctrico. Asimismo, el INDH ofició a diferentes organismos, de manera de recabar la información necesaria para el desarrollo del informe.

Así, conforme a lo anterior, el INDH manifiesta que “las empresas, a pesar del carácter privado de su accionar, deben prever los impactos que su actividad genera en el ejercicio y goce de los derechos de los que son titulares los pueblos indígenas. Ello importa determinar anticipadamente las consecuencias que dicha actividad tendrá en el ejercicio y goce de los derechos de propiedad, a la identidad cultural, a la consulta previa entre otros asumiendo el hecho que se está frente a sujetos titulares, de derechos colectivos e individuales, a los cuales los instrumentos internacionales de derechos humanos han reconocido la capacidad de decidir sobre sus prioridades de desarrollo”, agregándose que “el INDH advierte que los titulares de proyectos de inversión a emplazarse en territorios con presencia de pueblos originarios deben actuar con la debida diligencia que esa realidad en particular reclama”.

 

Vea texto íntegro del informe.

 

 

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