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En fallo unánime.

Corte de Santiago confirma resolución del CPLT y ordena a la FACH entregar información sobre personal recontratado.

El Tribunal de alzada descartó infracción legal en la resolución que acogió el amparo de acceso a la información presentado por la ciudadana Natalia Correa Vargas.

13 de julio de 2017

En fallo unánime, la Corte de Santiago confirmó la decisión del Consejo para la Transparencia (CPLT) que ordenó a la Fuerza Aérea entregar la información solicitada sobre el personal en retiro recontratado por la rama castrense.
La sentencia del máximo Tribunal sostiene que cabe colegir que la regla general es la publicidad de los actos y resoluciones de los órganos del Estado, y por ende la excepción, que es el secreto o reserva de los antecedentes debe interpretarse, en caso de duda, en forma restrictiva y acudiendo a los fines o motivos por los cuales el ordenamiento jurídico dispuso la reserva.
La resolución de la Corte capitalina agrega que el personal que se encuentra en condición de retiro de la Fuerza Aérea, al ser recontratado en una categoría diferente a aquella por la que prestó sus servicios vuelve a formar parte de la dotación de la institución, ya sea en calidad de personal a contrata, o llamado al Servicio Activo con fines de desempeño o bajo contrato de honorarios o regidos por el Código del Trabajo, tal como lo asevera la reclamante, sin embargo no se divisa una razón legal suficiente que explique por qué parte de esa dotación puede ser dada a conocer y la otra debe ser reservada.
Luego, señala el fallo que en el caso no existe ningún antecedente que permita siquiera presumir que la información relativa a la nómina del personal en retiro, que fue recontratado bajo una modalidad distinta a la de honorarios y Código del Trabajo por la Fuerza Aérea de Chile, desde el año 2013 hasta la fecha de la solicitud, afecte alguno de los bienes jurídicos previamente indicados.

 

Vea texto íntegro de la sentencia

 

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