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En fallo unánime.

Corte de Santiago rechaza reclamo de ilegalidad por cobro de derechos municipales a Cooperativa.

El Tribunal de alzada rechazó el recurso especial tras establecer que la recurrente tiene fines de lucro, por lo que no se encuentra exceptuada del pago de derechos municipales.

29 de septiembre de 2017

En fallo unánime, la Corte de Santiago rechazó recurso de ilegalidad presentado en contra del municipio de la comuna que aplicó cobro de patente comercial a la Cooperativa de Servicios Centro Comercial Alameda Maipú.
La sentencia del Tribunal de alzada sostiene que de los antecedentes se desprende que puede entenderse y concluir que la Cooperativa de Servicios Centro Comercial Alameda-Maipú, en cuyos Estatutos, que constan en escritura pública de 2014, es una que persigue fines de lucro, toda vez que en ellos, que constan en escritura pública de 2014, bajo el N° de repertorio 12134, no se establece que se trate de una persona jurídica sin fines de lucro, criterio útil que permite concluir de la manera señalada antes. Y, de otra parte, cabe considerar además, que al establecer en su artículo 40, que se autoriza la distribución de excedentes de dinero entre los socios, dicha situación resulta ajena al concepto jurídico de entidad sin fines de lucro, como lo alega la recurrida, criterio que se esta Corte comparte.
La resolución agrega que como consecuencia de lo antes señalado, se desprende que no existe ilegalidad al haber formulado el recurrido el cobro de las patentes comerciales indicadas, desde 2013 a 2016 respecto de la recurrente, Cooperativa de Servicios, centro comercial Alameda Maipú Limitada, cobro en el cual, por lo demás, la recurrida está aplicando la exención del 50% de la patente comercial, y, por el contrario, se estima que la recurrida, Ilustre Municipalidad de Santiago, está actuando dentro de su competencia y de acuerdo a sus facultades legales.

 

Vea texto íntegro de la sentencia
 

 

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