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En fallo unánime.

Corte de Santiago confirma sentencia que condenó a empresa de televisión satelital por despido injustificado.

El Tribunal de alzada ratificó la sentencia recurrida, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago contra Direct TV Televisión.

2 de octubre de 2017

En fallo unánime, la Corte de Santiago rechazó recurso de nulidad y confirmó la sentencia que condenó a Direct TV Televisión por despido injustificado
La sentencia del Tribunal de alzada sostiene que entiende esta Corte que la circunstancia de que la empresa liquide en forma mensual las comisiones y/o que las condiciones para alcanzar ciertas metas deben cumplirse colectivamente, no descarta que el devengo de la remuneración variable sea diario y que no dependa de la gestión personal del ejecutivo, como pretende el recurrente, razón por la que la omisión acusada, aun de existir, carece de influencia en lo dispositivo del fallo, puesto que lo que se busca establecer atañe a factores que propician la ordenación en el pago y un método de cálculo de las comisiones, pero que no tienen por qué incidir -de suyo-, en el devengo, más aun cuando quedó asentado -y no fue impugnado- que el "Bono Desarrollo Clientes", estaba compuesto por tres bonos diferentes relacionados con gestiones que ejecutaba la demandante de atención telefónica a los clientes, respecto de los que en el recurso, ni en la prueba citada se hace distinción.
La resolución de la Corte capitalina agrega que considerando la forma en que se plantearon las causales, esto es, en una interrelación que hace que la una dependa de la otra, la infracción de ley denunciada tampoco llega a configurarse, pues supone hechos no recogidos en el fallo, especialmente que el devengo de las comisiones o bonos superara la unidad diaria de tiempo o que estuviera concebida de tal manera que no existiera actividad individual susceptible de medición en ese mismo lapso.

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Ilustrísima Corte de Santiago y de primera instancia.

 

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