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Inhabilitación absoluta perpetua para cargos u oficios públicos y derechos políticos.

TOP de Iquique condena a 5 años y un día de presidio efectivo a tres implicados en tráfico de drogas en Alto Hospicio.

El Tribunal condenó a Carlos Antonio Gálvez Carmona, Ángel Mamani Cáceres y Gary Dante Viza Villca a penas de 5 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autores del delito de tráfico de estupefacientes.

17 de diciembre de 2017

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique condenó a Carlos Antonio Gálvez Carmona, Ángel Mamani Cáceres y Gary Dante Viza Villca a penas de 5 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autores del delito de tráfico de estupefacientes, ilícito cometido en la comuna de Alto Hospicio.
Además, aplicó a Gálvez Carmona, Mamani Cáceres y Viza Villca las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos u oficios públicos y derechos políticos, y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de las condenas.
Asimismo, el Tribunal también condenó a Carlos Antonio Gálvez Robles, Martín Luis Emilio Amaya Lay y Nora Patricia Mamani Moya a 4 años de presidio; a las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, más el pago de una multa 3 UTM cada uno, en calidad de autores del delito.
De acuerdo al Tribunal por cumplirse en la especie los requisitos legales, sustituyó la pena privativa de libertad impuesta a la ciudadana boliviana Mamani Moya, por la expulsión del territorio nacional, quedando con prohibición de regresar al país por el término de 10 años. En tanto, Gálvez Robles y Amaya Lay se les concedió la libertad vigilada intensiva por 4 años.
Una vez ejecutoriado el fallo, el Tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e inclusión en registro nacional de ADN de condenados.
Cabe señalar que el fallo dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en virtud de una investigación dirigida por la fiscalía regional, personal de la PDI, mediante interceptaciones de teléfonos móviles, logró establecer que Ángel Mamani Cáceres, alias el "Tío Pinto", importaría desde Bolivia una gran cantidad de droga, que acopiaría en un domicilio de la comuna de Alto Hospicio, con la ayuda de su hija Nora Mamani Moya. Droga que, posteriormente, sería distribuida a distintos narcotraficantes por Gary Viza Villca, alias el "sobrino".
Con dicha información, continúa la sentencia, la policía inició el 31 de enero pasado, vigilancias discretas al domicilio de acopio. Lugar al que llegó Carlos Gálvez Carmona, junto a su hijo Carlos Gálvez Robles y Martín Amaya Lay para cargar estupefacientes en un vehículo.
Así, agrega la resolución, el 1 de febrero, personal policial fiscalizó a Gálvez Robles, Gálvez Carmona, Amaya Lay y Mamani Cáceres en momentos en que realizaban un intercambio de droga, decomisando 13 envoltorios con 15 kilos 390 gramos de marihuana.
Anteriormente, relata la sentencia, previa orden judicial, se detuvo a los imputados Nora Mamani Moya y a Gary Viza Villca, por el rol que le correspondió junto a Ángel Mamani Cáceres en el ingreso de la sustancia ilícita y el posterior acopio.
Finalmente, el fallo dice que la policía además allanó la morada de Martín Amaya Lay, hallando en una de sus habitaciones una balanza digital color amarillo, tres plantas de cannabis y sobre una cama 182 envoltorios rectangulares de las mismas características a los previamente incautados, con 194 kilos con 940 gramos marihuana.

 

Vea texto íntegro de la sentencia

 

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