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En fallo unánime.

Corte de Valparaíso acoge nulidad y ordena nuevo juicio en caso de maltrato animal.

La sentencia del Tribunal de alzada considera que hubo falta de fundamentación del juzgado de Garantía de Viña del Mar al establecer los indicios de participación del imputado en el delito.

25 de mayo de 2018

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió un recurso de nulidad y ordenó la realización de un juicio en un procedimiento por maltrato animal en el sector Forestal de Viña del Mar.
Así, anuló la sentencia que condenó al imputado a 61 días de presidio y el pago de una multa de 2 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) por maltrato de dos perros.
La sentencia sostiene que en el basamento noveno del fallo atacado, la juez a quo simplemente expresa las razones por las cuales desestima las alegaciones de la defensa, indicando, por ejemplo: "no solamente existe la mención que hace el hermano del nombre del  enjuiciado, sino que esto está en sintonía con los elementos que se encuentran en su domicilio, colisiona con las máximas de la experiencia que alguien sacrifique un animal y lo lleve a otro domicilio, al domicilio de un tercero, regando con sangre el piso para aparentar e inculpar a otro sujeto". Estas razones tampoco son suficientes en orden a entender acreditada la exigencia del literal c) del artículo 342 del Código de Enjuiciamiento Criminal, toda vez que hay una aparente fundamentación, pues en relación a la incriminación de un hermano del acusado de nombre Adán, el único testigo de cargo Edgardo Piñones Tapia señaló, según se lee del razonamiento cuarto del fallo recurrido: "haciendo consultas por el vecindario, le indicaron que la perrita podría estar en casa de un sujeto de nombre Adán, información que traspasó a carabineros, concurriendo al domicilio de aquel, quien señaló que no tenía participación en el hecho, que él no había sido, que podía haber sido su hermano Moisés"; más adelante en el mismo motivo se aprecia "siendo imposible que su mascota cupiera adentro de la referida bolsa, señala que al abrirla para hacer el reconocimiento, encontró que sólo estaba la cabeza de la perra, partida con un chuzo en la cabeza y ante ello fueron a la casa del joven Isaac, que había sido referido por su hermano Moisés, como quien podría haber sido el autor del hecho".
La resolución agrega que de las transcripciones anteriores se advierte que las consultas del vecindario (rumores) indicaban que la perrita que buscaba podía estar en la casa de un tal Adán. Que al llegar la policía allí, éste negó participación, señalando que podía haber sido su hermano Moisés. Luego hay un salto lógico en la información aludida, porque se refiere que la policía habría ido a la casa de Isaac quien había sido referido por su hermano Moisés. En suma, se trataría de dos testigos de referencia, Adán que inculpa hipotéticamente a Moisés y éste último que lo hace con Isaac.

 

Vea texto íntegro de la sentencia

 

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