Noticias

Código de Procedimiento Civil.

Diputados despacharon al Senado proyecto que resta privilegio procesal a las autoridades eclesiásticas.

La iniciativa elimina la facultad que tienen arzobispos, obispos, vicarios y otros representantes del clero de excusarse de dar su testimonio en tribunales de justicia y solicitar realizarlo en el domicilio que ellos fijen.

14 de junio de 2018

La Sala de la Cámara de Diputados, por 117 votos a favor y una abstención, aprobó proyecto que  termina con privilegios procesales en el ámbito judicial del mundo eclesiástico-religiosos.
La iniciativa contó con discursos que, en particular desde la oposición, levantaron fuertes críticas a la curia católica, debido a los hechos conocidos por la opinión pública en torno a abusos a menores y a jóvenes y a cuestionadas prácticas del ámbito sexual realizadas por sacerdotes y religiosos de esta religión.
Como se explica en el informe de la Comisión de Constitución, la regla general en el procedimiento civil es que toda persona deba testificar en el tribunal.
Sin perjuicio de aquello, este cuerpo legal establece que determinadas personas, en razón de su cargo o función pública, queden exentas de comparecer, otorgándoles el derecho de prestar declaración en el domicilio que ellos fijen, dentro del respectivo territorio jurisdiccional del tribunal.
El Código de Procedimiento Civil dispone que se encuentran exentos de comparecer ante el tribunal, el Presidente de la República, los ministros de Estado, entre las principales autoridades de Gobierno, así como los parlamentarios, alcaldes, miembros de la Corte Suprema, de las Cortes de Apelaciones, fiscales judiciales, fiscales regionales del Ministerio Público y oficiales en servicio activo y en retiro.
Además, la misma norma establece que se encuentran exentos de comparecer ante el tribunal las autoridades eclesiásticas, como son el arzobispo y los obispos, los vicarios generales, los provisores, los vicarios y provicarios capituales; y los párrocos, dentro del territorio de la parroquia a su cargo. Incluso los religiosos y los novicios pueden hacer uso de este derecho.
Por efecto de esta iniciativa legal, se excluyen del listado de personas afectas al régimen especial a todas las autoridades eclesiásticas recién mencionadas.
La iniciativa, derivada ahora a segundo trámite al Senado, nació en una moción del diputado Saffiriio, junto a los exparlamentarios Arriagada, Cornejo y Rincón.

 

RELACIONADO
*Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados aprobó proyecto que elimina privilegios procesales en favor de autoridades eclesiásticas…

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *