Noticias

En fallo dividido.

CS aplica multa de 1.000 UTM a empresa eléctrica.

El máximo Tribunal acogió un recurso de reclamación presentado en contra de la Corte de Apelaciones de Coyhaique que rebajó la multa a 300 UTM y ordenó mantener la sanción original aplicada a la Empresa Eléctrica de Aysén (Edelaysen).

23 de junio de 2018

En fallo dividido, la Corte Suprema confirmó una multa de 1.000 Unidades Tributarias Mensuales aplicada por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) en contra de la Empresa Eléctrica de Aysén (Edelaysen).por no mantener poda de árboles sobre tendidos eléctricos en Aysén.
La sentencia sostiene que al no apreciarse ilegalidad en el actuar de la recurrida no existe fundamento para variar el monto de la multa, el que está dentro de los cánones del margen de la sanción dispuesta por el legislador, con mayor razón si se está, en el caso de autos, ante un preciso reclamo de legalidad, en que al tribunal le corresponde precisar si concurre la infracción propuesta por el reclamante, pero no efectuar consideraciones de mérito respecto de los extremos de la sanción aplicada por la autoridad administrativa.
Acordada con el voto en contra de la Ministro Egnem y del Ministro Prado, quienes fueron de parecer de confirmar la sentencia en alzada en cuanto acogió la petición subsidiaria formulada por la reclamante en cuanto a la reducción de la multa impuesta, en consideración a la pertinencia de su ponderación de acuerdo con el principio de proporcionalidad, que obliga a considerar, en la determinación de su cuantía, las circunstancias concurrentes a objeto de alcanzar la necesaria y debida simetría entre los hechos imputados y la responsabilidad exigida.

 

Vea texto íntegro de la sentencia

 

RELACIONADOS
*Juzgado Civil de Santiago acoge demanda contra Empresa Eléctrica por pago de traslado de instalaciones…
*Corte de Santiago rechaza reclamación por multa a Empresa Eléctrica…

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *