Noticias

Pagos por las comisiones son diarios y no mensuales.

Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acoge cobro de semana corrida de empleados de empresa de cobranza.

El Tribunal acogió la demanda presentada por los trabajadores a los que no se les canceló este concepto especial referido a las comisiones recibidas.

24 de junio de 2018

El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió una demanda de cobro de prestaciones por concepto de semana corrida interpuesta por 4 empleados de una empresa de cobranzas.
La sentencia sostiene que de acuerdo a lo expresado en el considerando quinto, se ha establecido en la causa, mediante la testimonial rendida, y a través de absolución de posiciones del representante de la demandada, que la labor de las demandantes es lograr compromisos de pago, que se concretan telefónicamente. Ellas deben llamar y lograr con su llamada la concreción de un pacto para el pago de créditos morosos. Que de acuerdo lo señalan los testigos, ellas realizan una serie de llamadas las que se concretan o no, día a día, en un pacto de pago, los que en definitiva son contabilizados a final de mes y pagados al mes siguiente. De la dinámica descrita es posible entender, que el devengo de la parte variable de la remuneración de las trabajadoras es diario, sin perjuicio de que el cálculo de dicha parte variable se hace por la empresa demandada a final de cada mes.
La resolución agrega que es necesario por lo mismo, tener claramente diferenciado la situación del devengo diario, de la cuantificación de la remuneración variable. En este caso, es evidente que la operación que genera el derecho a la remuneración variable, las demandantes la realizan día a día, pero evidentemente no se les paga diariamente. Sin embargo, señalan que la labor de las demandantes se hace a través de contactos telefónicos que se hacen diariamente; es de esa forma que logran las metas de recuperación de dinero y de buen trato al cliente. Por lo expuesto, que la meta sea establecida de manera mensual o que la contabilización de los logros sea mensual, no hace que el devengo de su parte variable sea mensual.

 

Vea texto íntegro de la sentencia

 

RELACIONADOS
*Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acoge demanda por despido injustificado de empleado de Productora de TV…
*Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acoge demanda por despido de tutor de Centro de Medicina…

 

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *