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En fallo dividido.

Corte de Santiago aumenta penas a miembros (r) de la FACH condenados por aplicación de tormentos en base aérea.

El Tribunal de alzada condenó a Renato Gastón del Campo Santelices, Manuel del Carmen Cabezas Pérez y Guillermo Reynaldo Gómez Aguilar a 5 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autores del delito.

13 de noviembre de 2018

En el fallo dividido, la Corte de Apelaciones de Santiago elevó las condenas que deberán cumplir seis miembros en retiro de la Fuerza Aérea (FACH), por su responsabilidad en el delito reiterado de aplicación de tormentos a Patricio Mario Rivera Cornejo y Ramón Daniel Pavez Casanova, Ilícito perpetrado entre septiembre y octubre de 1973, en la Base Aérea El Bosque.
El Tribunal de alzada condenó a Renato Gastón del Campo Santelices, Manuel del Carmen Cabezas Pérez y Guillermo Reynaldo Gómez Aguilar a 5 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autores del delito.
En tanto, Eduardo Enrique Cartagena Maldonado y Leopoldo Zamora Maldonado fueron condenados a 4 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva, en calidad de autores; y Víctor Manuel Mättig Guzmán recibió 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva, como cómplice.
Enseguida, afirma que en el caso presente, cabe considerar que el propio sentenciador a-quo da por establecido, en el motivo quinto numeral 1° de su fallo, que la víctima Patricio Mario Rivera Cornejo, aparte de los maltratos sufridos al momento de su detención, al ser posteriormente trasladado a la Base Aérea El Bosque, personal de esa institución lo sometió a ‘interrogatorios con electricidad en los genitales y en la lengua, y en particular le provocaron marcas trazando el signo de la Unidad Popular en su espalda con un yatagán…'
La resolución agrega que igualmente, en el numeral 2° del mismo fundamento, en lo relativo a la víctima Ramón Daniel Pavez Casanova, expresa que después de haber sido detenido, interrogado y golpeado en el Ministerio de Defensa, fue trasladado al interior de la Base Aérea El Bosque, ‘permaneciendo en ese lugar por alrededor de una semana a 10 días, sometido a sesiones de interrogatorios y torturas mediante el empleo de electricidad y golpes en su cuerpo…'.
En el aspecto civil, se confirmó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización de $40.000.000 a cada una de las víctimas.
Acordado lo anterior con el voto en contra del ministro Poblete, quien, respecto de las decisiones penales que contiene, estuvo por modificar dicho fallo, en aquella parte que condena a Víctor Manuel Mattig Guzmán, como cómplice de los delitos investigados en autos y absolverlo y rebajarles las penas a los demás condenados en un grado, excepto el sobreseimiento por fallecimiento estando los autos en esta instancia; y en lo civil estuvo por rechazar las demandas impetradas en esta causa.

 

Vea texto íntegro de la sentencia

 

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