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Ratifica decisión de la CS.

TLDC exige a Movistar, Entel y Claro restituir espectro en banda de 700 MHz.

El Tribunal rechazó las oposiciones a la solicitud de la Conadecus de iniciar un procedimiento tendiente a materializar el cumplimiento de las obligaciones impuestas a estas tres empresas por la Corte Suprema.

18 de noviembre de 2018

El Tribunal de la Libre Competencia (TDLC) obligó a las empresas Claro Chile S.A., Telefónica Móviles Chile S.A. y Entel PCS Telecomunicaciones S.A., a devolver parte del espectro, ratificando la decisión de la Corte Suprema.
Así, el Tribunal rechazó las oposiciones a la solicitud de la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios (Conadecus) de iniciar un procedimiento tendiente a materializar el cumplimiento de las obligaciones impuestas a estas tres empresas por la Corte Suprema, en sentencia del 25 de junio de 2018.
Cabe recordar que Conadecus hizo una consulta para que estas empresas cumplieran con la medida, a lo que las firmas se habían negado, argumentando falta de oportunidad en la ejecución de la sentencia e imposibilidad para actuar al no haber un mecanismo claro.
La Corte Suprema sentenció que las empresas mencionadas habían incurrido en una conducta anticompetitiva al adjudicarse bloques en la licitación del concurso público de la banda 700 MHz (necesaria para la implementación del 4G), sin respetar el límite de 60 MHz.
Con lo anterior, Movistar y Claro deberán desprenderse de 20 MHz y Entel deberá devolver 30 MHz. La devolución la podrán realizar en cualquier banda y esto es independiente de la consulta que la Subtel ingresó en octubre al TDLC.
A su vez, Mario Bravo, abogado de la Conadecus, sostuvo que deben desprenderse de dicho espectro de inmediato y que pedirán al tribunal un “perseguimiento de arresto” para los CEO de las compañías.
Al respecto, Entel indicó -a través de un comunicado- que está estudiando una solución para ver cómo se ajusta y además viendo qué recursos puede utilizar para impugnar la medida. No obstante, las empresas sólo podrían interponer un recurso de reconsideración.
Bravo, ante esto, aseguró que las empresas deben interponer una reposición antes de cinco días de ser notificados.
En tanto, en la Subsecretaría de Telecomunicaciones se tramita el Plan Nacional de Espectro, que establece una nueva política espectral y “busca redifinir el ancho de banda radioeléctrico que cada empresa puede manejar, evitando así el monopolio o competencia desleal entre ellas”, indica Publimetro.
Ello en la práctica implicaría que las empresas no tengan que devolver espectro. De todas formas, como un fomento a la competencia, la Subtel estableció un mecanismo para que los actuales no participen de futuras licitaciones si superan el límite espectral.
No obstante, dicha consulta se encuentra en una etapa inicial, lo que podría tardar seis meses más en haber resultados en el TDLC.

 

Vea Causa C-275-2014

 

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