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Derechos Humanos.

Juzgado Civil de Santiago ordena al Fisco indemnizar a dirigente sindical torturado en Punta Arenas.

El Tribunal acogió la acción de reparación, tras establecer que el demandante fue víctima de delitos de lesa humanidad al haber sido detenido y torturado en el regimiento Cochrane de Punta Arenas y el centro de detención de isla Dawson.

3 de diciembre de 2018

El Vigésimo Sexto Juzgado Civil de Santiago condenó al Fisco a pagar una indemnización de $50.000.000 a dirigente sindical que fue detenido y sometido a torturas en centros de detención y reclusión de Punta Arenas, entre 1973 y 1976.
La sentencia sostiene que los hechos expuestos en el libelo pretensor, los que no fueron controvertidos por la demandada, sino por el contrario, fue tácitamente reconocida su ocurrencia, son hechos ilícitos constitutivos de delitos de lesa humanidad, contra los cuales no puede proceder oposición de excepción de prescripción alguna, sea por la vía penal, como la civil, por ofender a la humanidad en su conjunto, siendo ejecutado en el contexto de un ataque generalizado por parte del Estado y sus agentes contra la población civil, lo que se encuentra establecido en nuestro ordenamiento jurídico, mediante los tratados internacionales firmados y ratificados por Chile y el artículo 5 inciso 2° de la Constitución Política de la República, consagrándose el derecho de las víctimas y otros legítimos titulares a obtener la debida reparación de todos los perjuicios sufridos a consecuencia del acto ilícito, lo que se reconoció en virtud de la Ley N° 19.123.
La resolución agrega que con el mérito de la documental pormenorizada en el motivo precedente, unido a la testifical, y además, no habiendo controvertido la demandada los hechos expuestos en el libelo pretensor, sino lo contrario, se concluye que es efectivo que el demandante sufrió por parte de agentes del Estado, secuestro, torturas, vejámenes, permanencia obligada en isla Dawson -conocido centro de detención y tortura- sin justificación, entre otros actos, que implican delitos de lesa humanidad, todo lo que evidentemente dejó trastornos mentales, como los descritos por su psicóloga en su informe y al declarar como testigo, afectando su normal desenvolvimiento social, y provocando que hasta el día de hoy no se pueda recuperar del todo, además del dolor de ser expulsado de su país, junto a su familia, hechos que no solo lo afectaron a él, sino a ésta también.
Por tanto, concluye que se acoge la demanda deducida, y se condena a la demandada a pagar al demandante la suma de $50.000.000, monto reajustado conforme la variación registrada por el Índice de Precios al Consumidor, a contar de la notificación de la presente sentencia e intereses corrientes a contar de la ejecutoria, ambos accesorios hasta el pago efectivo.

 

Vea texto íntegro de la sentencia

 

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