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Aporte familiar.

Acerca del bono marzo permanente que se entrega cada año a familias de menores ingresos.

Se paga un solo bono por persona y uno por cada carga si corresponde. En caso de existir diversos beneficiarios de un bono, debe preferirse siempre a la madre para el pago.

11 de enero de 2019

En una reciente publicación de la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) se da a conocer información sobre el bono marzo.
Sostiene que la ley busca que en el contexto del sistema de protección social, se crea un aporte en dinero de carácter permanente para las familias de menores ingresos que se pagará desde el 15 de febrero de cada año.
El bono asciende a $ 45.212 (cifra de 2018) por cada carga o por cada familia. El bono marzo no constituye remuneración o renta para ningún efecto legal. No es imponible ni tributable ni está afecto a descuento alguno.

Reciben el bono:

1.- Los beneficiarios del subsidio familiar.
2.- Los beneficiarios de asignación familiar.
3.- Los beneficiarios de asignación maternal.

Reciben el bono los beneficiarios que tienen ingresos iguales o inferiores a $631.058.

4.- Las personas o familias que al 31 de diciembre del año anterior a su otorgamiento sean usuarias del Subsistema de “Seguridades y Oportunidades” (Ingreso ético familiar) reciben un bono por familia.
5.- Familias que estén participando en el subsistema “Chile Solidario”.

Las familias consideradas en los puntos 4 y 5 reciben el bono si no están consideradas en el pago en los puntos 1,2, y 3.

Cada causante (persona beneficiada) sólo dará derecho a un bono, aun cuando estuviera acogido a diversos regímenes previsionales y desempeñe trabajos diferentes.  Se paga un solo bono por persona y uno por cada carga si corresponde. En caso de existir diversos beneficiarios de un bono, debe preferirse siempre a la madre para el pago.
A continuación, la BCN indica que el pago lo hará el Instituto de Previsión Social, en una sola cuota, a partir del 15 de febrero de cada año. El personal de algunas instituciones públicas lo recibirá junto con la remuneración.
El plazo para cobrar el bono es de nueve meses, contado desde la emisión del pago. Para reclamar por el no otorgamiento, el plazo es de un año, contado desde el mes de abril del año al cual corresponde pagar el beneficio.
Además, la BCN expone que hay sanciones penales y administrativas que pudieren corresponder en caso de recepción indebida del aporte, además se exige la devolución del monto del bono reajustado.

 

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