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Calle Conferencia 1: Ministro Miguel Vázquez absuelve a ex agente de la DINA.

En la resolución «Conferencia 1», el ministro en visita estableció la falta de participación de Riveros Valderrama en los secuestros perpetrados en mayo de 1976.

18 de febrero de 2019

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Miguel Vázquez Plaza, decretó la absolución del ex agente de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) René Miguel Riveros Valderrama de responsabilidad en los delitos de secuestro calificado de ocho militantes del Partido Comunista, víctimas del denominado caso "Calle Conferencia 1".
En la resolución, causa rol 2.182-1998 "Conferencia 1", el ministro en visita estableció la falta de participación de Riveros Valderrama en los secuestros perpetrados en mayo de 1976, de Mario Jaime Zamorano Donoso, Onofre Jorge Muñoz Poutays, Uldarico Donaire Cortez, Jaime Patricio Donato Avendaño, Elisa del Carmen Escobar Cepeda, Lenin Adán Díaz Silva, Eliana Marina Espinoza Fernández y Víctor Manuel Díaz López, víctima este último, además, de homicidio calificado cometido en enero de 1977.
La sentencia sostiene que se accederá a la solicitud de absolución del encartado René Miguel Riveros Valderrama, debido a que tal como se señaló en el motivo noveno y décimo, éste sentenciador arribó a una conclusión absolutoria, al considerar que no se encontró suficientemente acreditada la participación culpable y penada por la ley, en los términos del artículo 456 bis del Código de Procedimiento Penal, para condenarlo criminalmente por el delito de secuestro calificado por el cual se lo acusó en alguna de las formas de participación del artículo 14 del Código Penal.
En la causa, el 30 de noviembre del año pasado, el ministro Vázquez condenó a 53 ex agentes de la DINA por su responsabilidad en los delitos de secuestro y homicidio de los militantes del Partido Comunista; sin embargo, respecto de Riveros Valderrama la sentencia había quedado pendiente debido a que la defensa presentó un recurso ante el Tribunal Constitucional.

 

Vea texto íntegro de la sentencia

 

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