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No se aportan nuevos antecedentes.

CGR confirma decisión de la Sede Regional que desestimó reproche contra lo obrado por el SERVIU en proceso de adjudicación de un contrato.

El órgano contralor recuerda que mediante su oficio N° 3.112, de 2018, la nombrada contraloría regional rechazó una solicitud de reconsideración del antedicho oficio presentada por la mencionada firma.

19 de febrero de 2019

Se solicitó un pronunciamiento a la Contraloría General de la República –por parte de Inversiones y Construcciones Felipe de Paz S.A- respecto de la problemática surgida en torno a los oficios de la Sede Regional de Valparaíso.
Al respecto, el ente contralor recuerda que la aludida Sede Regional, a través del Oficio N° 18.104, de 2017, concluyó, que no resultaba procedente reprochar lo obrado por el Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Valparaíso (SERVIU) en el marco del proceso de adjudicación del contrato “Programa Vialidad Urbana, Proyecto Mejoramiento Avenida Alemania, Etapa 1, comuna de Valparaíso”, en cuanto ordenó remitir los antecedentes de dicho oferente al Coordinador Regional del Registro de Contratistas del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, para la aplicación de las sanciones que correspondan.
En relación a lo anterior, la Contraloría General aclara que, tal decisión se enmarcaba en lo previsto en los artículos 39, inciso segundo, del decreto N° 236, de 2002, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que aprueba Bases Generales Reglamentarias de Contratación de Obras para los Servicios de Vivienda y Urbanización, y 45 del decreto N° 127, de 1977, del mismo origen, Reglamento del Registro Nacional de Contratistas de dicha Secretaría de Estado, toda vez que dicha firma no había suscrito, dentro del plazo previsto en las respectivas bases de licitación, el contrato que le fue adjudicado al término del referido proceso concursal.
Sin embargo, el órgano contralor recuerda que posteriormente, y mediante su oficio N° 3.112, de 2018, la nombrada contraloría regional rechazó una solicitud de reconsideración del antedicho oficio presentada por la mencionada firma, por las razones que detalla y por cuanto, en definitiva, no se apreciaban nuevos elementos de juicio que permitieran alterar lo concluido sobre la materia, añadiendo, en lo que importa, que las falencias aducidas por la recurrente en torno a su propuesta no justificaban una eventual declaración de inadmisibilidad de la misma.
En razón de lo antes expuesto, y del análisis de dicha presentación el dictamen advierte que el recurrente no aporta nuevos antecedentes de hecho o de derecho, ni elementos de juicio que no hubieren sido previamente planteados ante la Contraloría Regional de Valparaíso y que desvirtúen lo concluido por esa sede regional, motivo por el cual, y considerando, además, que de los antecedentes examinados no se aprecian reproches que formular acerca de lo obrado por el SERVIU en el aspecto de que se trata, ni sobre lo resuelto por la referida Contraloría Regional, rechaza la solicitud formulada.

 

Vea texto íntegro del Dictamen N° 28.859 de 2018.

 

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* CGR representó instrumento que aprueba adjudicación de la licitación de la obra “Normalización Hospital de La Serena, 1ª Etapa”…

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