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Comisión Mixta resolverá mejora de ingreso de directivos a sistema de desarrollo profesional docente.

La propuesta legal fue discutida en la Cámara en tercer trámite sobre la base de los cambios efectuados por el Senado, algunos de los cuales no fueron aprobados, lo que motivó la formación de la Comisión Mixta.

15 de marzo de 2019

En una Comisión Mixta se resolverá el proyecto que mejora el ingreso de docentes directivos al Sistema de Desarrollo Profesional Docente. Ello, luego que la Cámara de Diputados rechazara cuatro de las modificaciones propuestas por el Senado.
La primera de ellas -que registró 59 votos a favor, 65 en contra y 2 abstenciones- dispone que en la oferta de cursos y programas gratuitos impartidos por el Ministerio de Educación a través de su Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas, se podrían considerar todos los niveles de educación regular y, en el caso de la educación de nivel parvulario, esta formación podrá otorgarse además al personal técnico que desarrolla funciones de aula.
En lo que se refiere a la norma que permite al Ministerio de Educación autorizar excepcionalmente procedimientos especiales de admisión, a partir de 7º año de la educación general básica o el equivalente que determine la ley, se rechazó (58 a favor, 64 en contra y 4 abstenciones) eliminar el carácter gratuito propuesto por el Senado, de los establecimientos de especial o alta exigencia, que buscaba considerar solo el rendimiento académico destacado dentro de su región y la selectividad académica.
Un tercer punto que no logró ser ratificado por la Cámara (59 votos a favor, 65 en contra y 2 abstenciones) dice relación con el monto de los contratos de arrendamiento; aspecto en que el Senado planteó que la renta sea razonablemente proporcionada en consideración a los ingresos del establecimiento educacional por concepto de subvención, aportes del Estado y financiamiento compartido, con el objeto de asegurar una adecuada prestación del servicio educativo.
En este mismo artículo se había propuesto incluir, respecto de la posibilidad de pactar un canon de arrendamiento superior, que el sostenedor debía presentar el contrato respectivo a la Superintendencia de Educación en conjunto con una tasación bancaria o una tasación efectuada por un perito tasador o profesional competente que incorpore tanto el valor comercial del inmueble, como su correspondiente valor de arrendamiento.
El último punto que será visto en Comisión Mixta cambiaba la fecha para conceder, por única vez, la calidad de titulares de la dotación docente dependiente de un mismo municipio o Corporación de Educacional Municipal, a los profesionales de la educación parvularia, básica o media que, al 31 de julio de 2014, se encontrasen incorporados a ella en calidad de contratados.
También, se exige que se hayan desempeñado como docentes de aula en esta durante, a lo menos, tres años continuos o cuatro años discontinuos, por un mínimo de veinte horas cronológicas de trabajo semanal. La modificación del Senado, que fijaba como fecha el 31 de julio de 2018, sumó solo 3 votos afirmativos, 66 negativos y 57 abstenciones.

Materias ratificadas

Dentro de las enmiendas ratificadas por la Sala de la Cámara está la que permite a los profesionales de la educación que al 1 de diciembre de 2018 se desempeñaban como directores de establecimientos educacionales, jefes de educación de las corporaciones municipales o de Departamentos de Administración de Educación Municipal, ser asignados al tramo que les corresponda de acuerdo a sus resultados.
Por otra parte, incorpora a los jefes de Departamento de Administración de Educación Municipal, directores o jefes de Educación de las Corporaciones Municipales o quienes hayan desarrollado funciones en los Departamentos Provinciales de Educación, en la normativa estipulada por ley para el cese de cargos.
También, detalla que solo le serán oponibles a los Servicios Locales de Educación Pública las condiciones pactadas con anterioridad a seis meses (la Cámara había propuesto un año), desde la fecha en que se haga efectivo el traspaso del personal.
Otra enmienda consigna que durante cinco años contados desde el traspaso del servicio educacional, serán de cargo de los nuevos Servicios Locales de Educación única y exclusivamente las remuneraciones, indemnizaciones, asignaciones y demás beneficios avaluables en dinero de un número máximo de horas de contrato de asistentes de la educación que se traspasen. 
El número máximo de horas de contrato a financiar por los Servicios Locales de Educación deberá ser aproximado hacia el entero inferior, si corresponde. No se considerarán para efectos de los cálculos establecidos las horas totales de contrato de los asistentes de la educación contratados y financiados con recursos de la subvención escolar preferencial.
El pago de las remuneraciones y asignaciones de las horas de contrato correspondientes de estos asistentes de la educación será siempre de cargo de los Servicios Locales de Educación una vez traspasado el servicio educacional.
En el articulado transitorio el Senado plantea que los sostenedores particulares que no estén organizados como una persona jurídica sin fines de lucro y que, a la fecha de la presente ley, hayan solicitado transferir la calidad de sostenedor a una persona jurídica de derecho privado sin fines de lucro, permanecerán sujetos a las reglas a las que estaba sometida la entidad antecesora hasta la fecha en que se verifique el pago de la primera subvención a la entidad sucesora.
Por último, entre otros cambios, se amplió la aplicación de las inhabilidades y prohibiciones dispuestas para los asistentes de la educación.
La Comisión Mixta la integrarán en representación de la Cámara los diputados Venegas,  Bellolio, Pardo, Santana y Winter.

 

Vea texto íntegro del mensaje, discusión y análisis

 

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