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Escriben: «Tecnología de la información y de la comunicación y resolución de litigios. El modelo europeo de promoción del ODR en el ámbito de los litigios de consumo».

Desde sus orígenes, el ODR ha venido marcado por la idea de mejorar la eficiencia en la gestión de reclamaciones.

14 de junio de 2019

Recientemente, el jurista español Fernando Esteban De La Rosa, publicó un análisis sobre la utilización de la Tecnología de la Información y la Comunicación (TIC) en la resolución de litigios.

A esos efectos, se explica en el documento que el Nuevo Marco Regulador Europeo para el ADR y el ODR puede ser visto como el pilar fundamental para el desarrollo de la ODR en Europa. No solo apoya directamente el desarrollo del ODR a través de la Plataforma de la UE, sino que, al mismo tiempo, obliga a los Estados miembros a cumplir obligaciones que van más allá de la resolución de una disputa en particular, y cuya introducción debe ser tomada como un impulso al desarrollo del ODR en Europa en el ámbito de la resolución alternativa de litigios de consumo.

Desde ahí, expone que, sin embargo, para que el ODR se vuelva real y muestre todo su potencial para resolver litigios, y para contribuir al buen funcionamiento de los mercados, tanto los Estados miembros como las entidades certificadas ADR deben unir fuerzas, y la Unión Europea debería participar más activamente en la dirección de este impulso. Por decirlo con claridad, la Unión Europea deberá asistir financiando la creación de nuevas plataformas de resolución alternativa de litigios de consumo.

Por último, apunta que, al mismo tiempo, al contrario de lo que se dice, el marco regulador europeo tiene el potencial de cambiar la estructura completa de las entidades ADR en todos los Estados miembros, especialmente en países como España donde las entidades ADR más populares tienen una competencia muy amplia para la resolución de litigios de consumo. El tiempo dirá si la UE, los Estados miembros y las entidades ADR se sincronizan para remar en la misma dirección y lograr el impulso definitivo para la instauración plena de la tecnología en la resolución alternativa de litigios de consumo en Europa, para conseguir mayor eficiencia y, por ende, mayor justicia, pues este es el objetivo.

 

 

Vea texto íntegro de la publicación.

 

 

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