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En fallo unánime.

Corte de Santiago confirma sentencia que condenó a empresa de buses a pagar indemnización a víctimas de accidente de tránsito.

El Tribunal de alzada confirmó la sentencia que estableció la responsabilidad de la empresa de transportes en el accidente.

11 de julio de 2019

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó a la empresa Condor Bus Limitada a pagar una indemnización a las víctimas de un accidente de tránsito ocurrido en marzo de 2015, en la comuna de San Carlos, Región de Ñuble.
La sentencia sostiene que en concepto de esta Corte, sí existe prueba que permite tener por acreditada la existencia del daño moral sufrido por la víctima. En efecto, el mérito de la prueba documental allegada al proceso por la aludida demandante, especialmente fotografías que dan cuenta de las lesiones sufridas por ella en su rostro, las que corroboran el contenido del parte policial N°91, de 30 de marzo de 2015, que expresa que ella resultó con policontusiones, son antecedentes suficientes, a juicio de estos sentenciadores, que sirven de base para elaborar una presunción judicial, de conformidad a lo previsto en el artículo 426 del Código de Procedimiento Civil, que por estimársela poseedora de los caracteres a que alude la citada disposición legal, de gravedad y precisión suficientes para formar el convencimiento de estos jueces, constituye plena prueba en orden a tener por establecido como un hecho de la causa que a raíz del incumplimiento contractual en que incurrió la demandada y como consecuencia de la colisión de vehículos que aconteció el 23 de marzo de 2015 sufrió un menoscabo moral que consistió en el evidente e incuestionable sufrimiento físico y mental que debió experimentar en razón de las lesiones que padeció.

 

Vea textos íntegros de las sentencias rol 8.953-2018 de la Corte de Santiago y de primera instancia.

 

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