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No era clara la infracción invocada.

CPLT declaró inadmisible amparo de acceso a la información contra Subsecretaría de Relaciones Exteriores.

La decisión aduce que al momento de realizar el análisis de admisibilidad, se advirtió que no era lo suficientemente clara la infracción invocada.

15 de febrero de 2018

Se dedujo amparo de acceso a la información en contra de la Subsecretaría de Relaciones Exteriores, fundado en que la información entregada no corresponde a la solicitada.

Al respecto, el Consejo para la Transparencia recordó en primer término que, atendido lo dispuesto en los artículos 24 y siguientes de la Ley de Transparencia y los artículos 36 y 46 de su Reglamento, le corresponde examinar la admisibilidad del reclamo presentado por la parte requirente, en atención a los requisitos establecidos en dichas disposiciones.

Enseguida, el CPLT indica que el artículo 24, inciso segundo, de la Ley de Transparencia previene que la reclamación "deberá señalar claramente la infracción cometida y los hechos que la configuran, y deberá acompañarse de los medios de prueba que los acrediten, en su caso". Añade, que el artículo 46, inciso segundo, del Reglamento dispone que "Si el particular omitiese alguno de los requisitos de interposición, el Consejo Directivo podrá ordenarle subsanar las omisiones o aclarar la solicitud o reclamo en un plazo de cinco días hábiles, indicándole que, si así no lo hiciere, se declarará inadmisible".

En ese sentido, la decisión aduce que al momento de realizar el análisis de admisibilidad, se advirtió que no era lo suficientemente clara la infracción invocada por el recurrente en su amparo, por lo que se ejerció la facultad prevista en el citado artículo 46 del Reglamento, sin que la parte interesada haya efectuado presentación alguna destinada a subsanar su reclamación; motivo por el cual procedió a declarar la inadmisibilidad del presente amparo, al tenor de lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley de Transparencia y el artículo 46 ya referido.

 

 

Vea texto íntegro de la Decisión Rol C3275-17.

 

 

 

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* CPLT acogió amparo de acceso a la información contra Subsecretaría de Relaciones Exteriores en “caso Eugenio Berríos”…

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