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No corresponde que construcción se someta al SEIA.

CGR se pronuncia sobre postergación de permiso de edificación de proyecto en comuna de Limache.

Los recurrentes sostuvieron en su denuncia que el proceso para la obtención del permiso de edificación respectivo adolece de diversos vicios.

6 de diciembre de 2017

Se solicitó un pronunciamiento a la Cámara de Diputados –por parte de los diputados María Sánchez Zárate y Gastón Soublette Asmussen- sobre el proyecto inmobiliario “Condominio Don Pedro”, emplazado en la comuna de Limache, aprobado por la Dirección de Obras Municipales (DOM).

Sobre el particular, los recurrentes sostuvieron en su denuncia que el proceso para la obtención del permiso de edificación respectivo adolece de diversos vicios, que quebrantan los derechos básicos de la comunidad y alteran un área patrimonial que se ha visto intervenida por el mercado inmobiliario en altura, lo que no resulta coherente con la estructura urbana del lugar. Agregan, que si bien el alcalde, mediante oficio ordinario N° 737, de 19 de diciembre de 2016, solicitó a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de Valparaíso (SEREMI MINVU), postergar los permisos de edificación en el área urbana involucrada, ello fue rechazado por oficio ordinario N° 196, de 23 de enero de 2017, sin que el procedimiento se haya concluido totalmente, al no responder el requerimiento consignado en el punto 6 de dicho oficio, en orden a justificar la pertinencia de aplicar la referida norma de excepción. Además, sostienen que el proyecto carece de una Evaluación de Impacto Ambiental.

Al respecto, el ente contralor hace presente, en primer término, que conforme se verificó en terreno el 28 de agosto del año en curso, el señalado proyecto habitacional se encuentra en ejecución y fue aprobado por el permiso de obra nueva N° 47, de 16 de marzo de 2017, acogido al decreto con fuerza de ley N° 2, de 1959, del Ministerio de Hacienda, y a la ley N° 19.537, de Copropiedad Inmobiliaria, y consiste en la construcción de 6 edificios, de 5 pisos de altura cada uno, para albergar 120 departamentos con una superficie total de 6.784,6 m2. Incluye, además, una edificación de un nivel para 5 locales comerciales y una portería en un área de 135, 77 m2, una zona de 513,66 m2 destinada a jardines y juegos infantiles, y un sector de estacionamientos para 91 vehículos y 60 bicicletas.

Enseguida, la Contraloría aclara que, de la revisión del proyecto presentado y autorizado por el municipio, se comprobó que este se ajusta a las normas urbanísticas previstas en el PRC de Limache y en la OGUC, sin que proceda formular observaciones al respecto.

Se agrega luego que, del mismo modo, se verificó que tal como lo señaló la municipalidad, no correspondía que la construcción del condominio se sometiera al sistema de evaluación de impacto ambiental, a través de un estudio o una declaración de impacto ambiental en los términos indicados por el recurrente, dado que no se encuentra en la nómina de proyectos susceptibles de causar algún impacto ambiental, contemplada en el artículo 10 de la ley N° 19.300.

Finalmente, respecto a la postergación del aludido permiso de edificación, el órgano contralor sostiene que de acuerdo al artículo 117 de la LGUC, los permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones podrán postergarse hasta por un plazo de tres meses, cuando el sector de ubicación del terreno esté afectado por estudios sobre modificaciones del Plan Regulador Intercomunal o Comunal, aprobados por resolución del Alcalde, postergación que deberá ser informada favorablemente por la Secretaría Regional correspondiente del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.

 

 

Vea texto íntegro del Dictamen Nº 36.577 de 2017.

 

 

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