Noticias

Con voto concurrente.

TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba normas que permiten a los alcaldes cesar a funcionarios municipales por salud incompatible.

La gestión pendiente incide en autos sobre nulidad de derecho público seguidos ante el Primer Juzgado de Letras de Talca.

31 de mayo de 2018

El TC declaró inadmisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba los artículos 148 de la Ley N° 18.883, sobre Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, y 151 de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo.

Los preceptos impugnados establecen, en esencia, la facultad del alcalde y el jefe de servicio para considerar como salud incompatible con el desempeño del cargo, haber hecho uso de licencia médica en un lapso continuo o discontinuo superior a seis meses en los últimos dos años, sin mediar declaración de salud irrecuperable.

La gestión pendiente incide en autos sobre nulidad de derecho público seguidos ante el Primer Juzgado de Letras de Talca, en los que las requirentes demandaron a la Municipalidad de Talca para que los decretos alcaldicios mediante los cuales se declaró su vacancia sean declarados nulos.

En su resolución, el TC indicó que el actor no ha cumplido con hacerse cargo de las argumentaciones constitucionales ya desarrolladas en las causas que resolvió la impugnación previa, a la luz del caso concreto a que se refiere su acción. Así, el Tribunal ha llegado a la convicción que concurre la causal de inadmisibilidad prevista en el numeral 6º del artículo 84 de la LOCTC, pues el requerimiento adolece de falta de fundamento plausible.

La decisión fue acordada con el voto concurrente del Ministro Hernández Emparanza, quien además funda la inadmisibilidad en que la norma del artículo 148 del Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales fija un cartabón que no es inconciliable con la regulación constitucional impetrada, por lo que el requirente ha debido hacerse cargo, para que su petición fuere admisible, de la jurisprudencia previa del Tribunal Constitucional sobre el equivalente del artículo 151 del Estatuto Administrativo.

 

 

Vea texto íntegro del expediente Rol N° 4626-18.

 

 

RELACIONADOS

* Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna normas que permiten a los alcaldes cesar a funcionarios municipales por salud incompatible…

* TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna normas sobre declaración de vacancia por salud incompatible…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *