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Requerimiento fue admitido a trámite.

TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma que limita procedencia de la apelación ante el Consejo Nacional de Educación.

La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de apelación de protección, seguidos ante la Corte Suprema.

18 de abril de 2019

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna la frase “en conformidad con lo establecido en los dos artículos precedentes”, contenida en el artículo 23, inciso primero, de la Ley N° 20.129.

La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de apelación de protección, seguidos ante la Corte Suprema.

El requirente estima que los preceptos impugnados vulneran el derecho a un racional y justo procedimiento, el derecho de defensa en el marco de un procedimiento racional y justo, y la igualdad ante la ley.

Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado a las demás partes por el término de diez días.

En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de las impugnaciones.

 

 

Vea texto íntegro del expediente Rol N° 6333-19.

 

 

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