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Segunda sala.

Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma que establece secreto de actuaciones de investigación en el proceso penal respecto de terceros ajenos.

La requirente estima que el precepto impugnado infringiría el debido proceso.

24 de mayo de 2018

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el inciso primero del artículo 182 del Código Procesal Penal.

El precepto impugnado dispone: “Las actuaciones de investigación realizadas por el ministerio público y por la policía serán secretas para los terceros ajenos al procedimiento”.

La gestión pendiente incide en autos sobre reclamación ambiental seguidos ante el Tercer Tribunal Ambiental, en los que la requirente reclamó las resoluciones de la Superintendencia del Medio Ambiente mediante las cuales se la sancionó por diversos incumplimientos en la Planta Valdivia.

La requirente estima que el precepto impugnado infringiría el debido proceso, por cuanto con su aplicación se le privará del derecho a rendir prueba conformada por actuaciones del Ministerio Público relativas a las alteraciones en el río Cruces, que mostrarían que la Planta Valdivia no fue responsable de ellas.

La Sala designada por el Presidente del TC tendrá que resolver si admite a trámite la impugnación, para luego pronunciarse sobre su admisibilidad. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo del requerimiento.

 

 

Vea textos íntegros del requerimiento y el expediente Rol N° 4758-18.

 

 

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