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Primera sala.

Impugnan ante el TC norma que permite al Servicio de Evaluación Ambiental establecer guías trámite que incidiría en el «caso Dominga».

La gestión pendiente incide en autos sobre reclamación judicial ambiental, seguidos ante el Primer Tribunal Ambiental, en actual conocimiento de la Corte Suprema.

24 de septiembre de 2018

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 81 letra d) de la Ley N° 19.300, de Bases Generales de Medio Ambiente.

La disposición impugnada establece: “Corresponderá al Servicio: d) Uniformar los criterios, requisitos, condiciones, antecedentes, certificados, trámites, exigencias técnicas y procedimientos de carácter ambiental que establezcan los ministerios y demás organismos del Estado competentes, mediante el establecimiento, entre otros, de guías trámite”.

La gestión pendiente incide en autos sobre reclamación judicial ambiental, seguidos ante el Primer Tribunal Ambiental, en actual conocimiento de la Corte Suprema por recursos de casación en la forma y en el fondo, en que la requirente es tercera independiente en el marco del denominado “caso Dominga”.

La requirente estima que el precepto impugnado vulneraría el bien común y el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, ya que impide el ejercicio de las facultades discrecionales de la administración.

La Sala designada por el Presidente del TC tendrá que resolver si admite a trámite la impugnación, para luego pronunciarse sobre su admisibilidad. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo del requerimiento.

 

 

 

Vea textos íntegros del requerimiento y el expediente Rol N° 5312-18.

 

 

 

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