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En juicio simplificado efectivo.

Juzgado de Garantía de San Antonio condenó a pago de multa por delito de maltrato animal.

Se determinó que «(…) se estima que la sanción pecuniaria resulta razonable para que el sentenciado comprenda a futuro el necesario respeto que ha de tener con los demás seres vivos, regulándose la misma en dos unidades tributarias mensuales”.

9 de diciembre de 2016

El Juzgado de Garantía de San Antonio condenó a Francisco Machuca Lizana al pago de una multa de 2 UTM, en su calidad de autor del delito de maltrato animal, hecho ocurrido el día 15 de mayo del 2015.
En juicio simplificado efectivo el magistrado Carlos Muñoz Iturriaga determinó "que en cuanto a la pena a aplicar, considerando que concurren en este caso, dos circunstancias atenuantes y ninguna agravante, y considerando asimismo que el artículo 291 bis del Código Penal, contempla una sanción que puede ser de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de dos a treinta unidades tributarias mensuales, o bien sólo esta última, se estima que la sanción pecuniaria resulta razonable para que el sentenciado comprenda a futuro el necesario respeto que ha de tener con los demás seres vivos, regulándose la misma en dos unidades tributarias mensuales".
En cuanto a los hechos, la resolución establece "que el día 15 de mayo de 2015, recién comenzada la noche, don José Miguel Navarrete Recabarren hizo salir desde su domicilio a la vía pública, a un perro de raza bóxer, de aproximadamente 13 años de edad, el que estando cerca de una plaza ubicada en calle Las Palmeras con calle Isla de Pascua, en la comuna de San Antonio, fue golpeado cruelmente por el imputado Francisco Machuca Lizana, ocasionándole múltiples lesiones, que le generaron sufrimiento y dolor, y que posteriormente determinaron tomar la decisión de sacrificarlo".
"Se trataría entonces, de la intervención que se realiza frente a una pugna entre dos perros, uno que sería de calle, que aparentemente no tendría nombre, y otro, de propiedad de la persona que aparece como denunciante de estos hechos, que respondería al nombre de ‘Spike'".
"(…)En ese sentido, es bueno reflexionar que aquellas peleas de perros, son cuestiones esperables, desde que se trata de animales, que si bien han sido domesticados por el hombre, su instinto territorial persiste, dado que su inteligencia y capacidad de análisis es evidentemente inferior a la de un ser humano".

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

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