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En fallo unánime.

Corte de Santiago rechaza demanda de tutela laboral en contra del Instituto Nacional de Deportes.

El Tribunal de alzada descartó infracción de ley en el fallo recurrido, dictado por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que rechazó la demanda presentada.

18 de abril de 2017

En fallo unánime, la Corte de Santiago confirmó el fallo que rechazó demanda por tutela laboral presentada por Iván Manríquez Castillo en contra del Instituto Nacional de Deportes (IND) por su despido de la Federación Nacional Universitaria de Deportes, Fedeude.
La sentencia del Tribunal de alzada sostiene que en lo concerniente al reproche de contener la sentencia decisiones contradictorias, es posible constatar que lo planteado por el recurrente es una falta de correspondencia entre los hechos asentados con la decisión del tribunal, pero dicha anomalía -de concurrir- no configura el vicio alegado, toda vez que la contradicción debe producirse en la parte dispositiva de la sentencia, hipótesis que no se da en la especie desde que el fallo contiene una sola decisión, cual es la de rechazar la demanda en todas sus partes.
La resolución de la Corte capitalina agrega enseguida que en consecuencia, no se verifica el supuesto indispensable de este defecto formal, en cuanto existir una pluralidad de decisiones recaídas en las pretensiones de las partes, aceptándolas o rechazándolas, que no se concilian entre ellas, y que por tanto no puedan cumplirse simultáneamente.
Luego el fallo de la Corte de Santiago señala que la última causal de nulidad invocada, en subsidio de las anteriores, en que se acusa a la sentencia de haber sido dictada con manifiesta infracción a las normas de la sana crítica por vulnerar los principios de la lógica, se la hace descansar en los mismos motivos vertidos para fundar la alegación de adolecer el fallo decisiones contradictorias, los que se solicitan tener por reproducidos. Este modo de formalización del recurso bastará para rechazar este motivo de invalidación, desde que la supuesta irregularidad que se vuelve a denunciar no dice relación alguna con la causal hecha valer.

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Ilustrísima Corte de Santiago y de primera instancia.

 

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