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En forma unánime.

CS rechazó unificación de jurisprudencia y confirmó sentencia que determinó vínculo laboral entre Municipalidad y un trabajador a honorarios.

El máximo Tribunal indicó que la sentencia recurrida es consistente con la manera en que la materia ha sido unificada por la Corte Suprema.

29 de enero de 2018

En fallo unánime, la Corte Suprema rechazó el recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la demandada en relación al fallo dictado por la Corte de San Miguel, que acogió el recurso de nulidad deducido contra la sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel y acogió la demanda por despido indebido deducida por un trabajador a honorarios contra la Municipalidad de Pedro Aguirre Cerda al declarar que la relación contractual de los litigantes es de carácter laboral.

El máximo Tribunal indicó que la sentencia recurrida es consistente con la manera en que la materia ha sido unificada por la Corte Suprema, desde que estableció que la contratación se desarrolló fuera de los presupuestos que contempla el artículo 4 de la Ley N° 18.883; pues el trabajador prestó servicios personales, por el lapso de ocho años, desarrollando diversas actividades, sin especificidad alguna, su gestión se encontraba supervigilada y sujeta a las directrices de sus superiores, en particular de la Dirección de Desarrollo Comunitario y percibía una remuneración fija mensualmente. Por otra parte, las sentencias que invoca la recurrente para justificar la existencia de distintas interpretaciones sostenidas en diversos fallos emanados de los tribunales superiores de justicia que se ajustan a su tesis, son anteriores a la unificación señalada. Por tanto, la recurrente no ha demostrado que en torno a la materia de derecho existan actualmente distintas interpretaciones sostenidas en uno o más fallos firmes emanados de tribunales superiores de justicia, ni aportado nuevos antecedentes, en los términos del artículo 483-A del Código del Trabajo, que conduzcan a una nueva concepción de la materia. Por lo anterior, la Corte Suprema rechazó el recurso de unificación de jurisprudencia intentado.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

 

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