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Con disidencia.

TC rechazó requerimiento que impugnaba Decreto de Migración.

La sentencia será expedida, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 111, inciso tercero, de la LOCTC, dentro de los próximos 30 días.

8 de junio de 2018

El Tribunal Constitucional rechazó por 7 votos contra 2 el requerimiento de inconstitucionalidad presentado por un grupo de Diputados, en contra del Decreto Supremo Nº 776, de 9 de abril de 2018, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que establece visto consular de turismo a nacionales de Haití, publicado en el Diario Oficial el 17 de abril de 2018.

Estuvieron por el rechazo los Ministros Aróstica, Peña, Hernández Emparanza, Romero, Brahm, Letelier y Vásquez.

Por su parte, estuvieron por acoger el requerimiento los Ministros García y Pozo.

Cabe recordar que los requirentes adujeron en síntesis que el decreto en cuestión vulnera el artículo 7º, inciso segundo de la Constitución Política por carecer el acto de fundamento razonable, toda vez que no poseería la norma reprochada datos fidedignos y exactos en que se apoye.

De otro lado, manifestaron que se transgrede la igualdad ante la ley, por establecer una discriminación arbitraria, por consagrar un trato diferente y más gravoso para los nacionales de un país, sin dar razones fundamentadas para ello, por lo cual la visa consular de turismo para personas provenientes de Haití contraría el artículo 19 Nº 2 de la Constitución Política.

Conforme a lo anterior, la sentencia será expedida, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 111, inciso tercero, de la LOCTC, dentro de los próximos 30 días.

 

 

 

Vea textos íntegros del comunicado de prensa, del requerimiento y del expediente Rol N° 4757-18.

 

 

 

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