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Se abrió plazo presentar indicaciones.

Senado aprobó en general iniciativa que protege el medio ambiente de especie encontrada en los ríos del sur de Chile.

Para prevenir tales efectos, la iniciativa dispone la obligatoriedad de contar con barreras sanitarias y medidas de bioseguridad que impidan la internación al país, la transmisión del Didymo y algas de efectos similares entre las regiones o entre cuencas dentro de las regiones.

10 de diciembre de 2010

La Carta Fundamental asegura el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y le impone al Estado el deber de velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza.
En cumplimiento del mandato constitucional los Senadores Bianchi, Horvath, Kuschel y Sabag, presentaron una moción para prevenir la introducción en las cuencas hidrográficas del sur del país de una especie particularmente nociva: el alga unicelular denominada Didymosphenia Geminata.
Observan que hace algunos meses, en un afluente del Río Futaleufú, “fue detectada (…) el alga unicelular Didymosphenia Geminata (…) la que se –caracteriza- por ser una especie capaz de producir grandes floraciones algales que cubren, con un espesor a veces superior a 20 cm, hasta el 100% de los sustratos de los ambientes acuáticos, provocando severas alteraciones fisicoquímicas y biológicas en los mismos”, la que amplia “rápidamente su área de distribución geográfica, debido a la introducción accidental por el hombre, principalmente mediante equipos de pesca y embarcaciones deportivas”.
Para prevenir tales efectos, la iniciativa dispone la obligatoriedad de contar con barreras sanitarias y medidas de bioseguridad que impidan la internación al país, la transmisión del Didymo y algas de efectos similares entre las regiones o entre cuencas dentro de las regiones.
A tal fin se establece la obligación de declarar el ingreso al país o el traslado de una cuenca afectada a otra de cualquier vector del alga Didymo como lo son: instrumentos de pesca, embarcaciones de goma, plásticos, ropa deportiva o similares.
También obliga a los clubes de pesca del país a elaborar y distribuir instructivos que eviten la contaminación y transmisión de estas algas en los cursos de aguas.
Lo propio se exige a los operadores de turismo, prestadores de servicios vinculados con actividades en los ríos del país que eviten la introducción y la dispersión de este tipo de alga, entre otras medidas que la iniciativa propone. 

Vea texto íntegro de la moción.

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