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Modifica diversos cuerpos legales.

Mensaje busca mejorar transparencia, probidad y eficiencia de Carabineros de Chile.

Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputados.

14 de marzo de 2018

El proyecto de ley, iniciado por mensaje, expone que Carabineros de Chile ha enfrentado uno de los momentos más complejos de su historia debido a graves irregularidades vinculadas principalmente al manejo de fondos institucionales, lo que ha evidenciado que los controles internos y externos a los que está sujeta la institución, no han sido capaces de detectar oportunamente este tipo de hechos. Lo anterior, ha significado que un gran número de funcionarios pertenecientes a dicha institución, y también civiles, se encuentren actualmente imputados por delitos que afectan gravemente la probidad pública, lo que ha obligado a los distintos poderes del Estado a buscar posibles soluciones para que hechos como éstos no vuelvan a ocurrir.

El mensaje agrega que la institución de Carabineros de Chile, entre los meses de abril y octubre del año pasado, presentó formalmente al Ministerio del Interior y Seguridad Pública, propuestas de reforma, que permitieran configurar una institucionalidad mejor preparada y en forma para prevenir anomalías y combatir actos de corrupción, propuestas que han sido estudiadas por autoridades y profesionales del ministerio, así como por abogados consultados para este efecto. Además, en este esfuerzo por formular propuestas legales y administrativas que permitan contribuir a fortalecer la institucionalidad de los diversos organismos relacionados con el sistema de control de los recursos fiscales, sin duda ha tenido enorme relevancia la labor desarrollada por la Cámara de Diputados a través de la “Comisión Especial Investigadora de las irregularidades en la gestión y administración financiera en Carabineros de Chile y en relación a las actuaciones de los distintos organismos públicos en la materia”, algunas de cuyas propuestas se busca recoger en esta iniciativa. Por lo tanto, debido a la urgente necesidad de enfrentar los graves hechos antes descritos, ocurridos en una institución tan relevante para la historia de nuestro país como Carabineros de Chile, el Gobierno se ha propuesto emprender diversas modificaciones que apuntan a mejorar la transparencia, probidad y eficiencia en el desempeño de Carabineros de Chile.

Por tanto, el proyecto de ley, en primer término, modifica la ley N° 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile, con la finalidad de: establecer la obligación de que dicha institución remita anualmente información relevante al Ministerio del Interior y Seguridad Pública en materia de compras, auditoría, recursos humanos, y de estructura y organización internas; incorporar un nuevo párrafo referido al control y cumplimiento del principio de probidad administrativa por parte del personal de la institución; establecer legalmente la obligación de cumplir con los principios de responsabilidad, imparcialidad y objetividad  durante el proceso de calificación del personal; y, consagrar la posibilidad de retener la renuncia de aquellos funcionarios que se encuentren sometidos a un procedimiento disciplinario o investigación judicial de los cuales emanaren antecedentes serios de que pudieren resultar alejados de la institución por aplicación de una medida disciplinaria expulsiva. Esta última facultad para retener la renuncia se incorpora también en el decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile.

También dispone la modificación del artículo 436 del Código de Justicia Militar, estableciendo dos nuevos párrafos en su numeral 1 a fin de que la Comisión Especial Mixta de Presupuestos así como las subcomisiones a las que les corresponda conocer las partidas presupuestarias de las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile puedan requerir y conocer el contenido de las leyes y documentos referidos a plantas y dotaciones de las Fuerzas Armadas o de Carabineros de Chile, manteniendo a su respecto estrictamente el deber de secreto.

Asimismo, considerando que las normas jurídicas que rigen a Carabineros de Chile están dispersas en distintos cuerpos legales, reglamentarios y órdenes generales, se incorpora un artículo que establece la obligación de esta institución de elaborar anualmente un compendio actualizado de normas cuyo texto deberá remitirse anualmente al Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Así también, con este mismo objetivo, se establece el deber del Mando Institucional de remitir a la referida Secretaría de Estado un ejemplar del Boletín Oficial de la institución, cuando contenga alguna modificación normativa u orden que introduzca cambios en la estructura de personal, en la administración de recursos, en el sistema de calificaciones del personal, u otra materia que afecte a Carabineros.

Finalmente, y con el objeto de fortalecer el control externo respecto de procesos disciplinarios que versen sobre hechos que afecten gravemente la probidad administrativa, sea que éstos hayan sido instruidos de oficio al interior de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública u ordenados instruir por la Contraloría General de la República, se establece que los decretos y resoluciones que dispongan sobreseimientos, absoluciones o aplicación de medidas disciplinarias dictadas en el contexto de estos procedimientos, quedarán afectas al trámite de toma de razón en el órgano contralor.

Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputados.

 

 

Vea texto íntegro del mensaje, discusión y análisis.

 

 

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