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Restricción de facultades de fiscales del Ministerio Público.

Senadores presentan proyecto que busca restringir salidas alternativas y procedimientos abreviados en delitos de probidad.

Los legisladores argumentan que «se ha podido constatar que en casos donde se han realizado graves imputaciones por delitos que atentan en contra de la probidad pública, el Ministerio Público ha decidido proponer suspensiones condicionales al procedimiento y juicios abreviados a los imputados».

20 de julio de 2018

Un proyecto de ley destinado a restringir las facultades de los fiscales del Ministerio Público en casos de delitos contra la probidad presentaron los senadores Bianchi, Guillier y Huenchumilla.
Los parlamentarios proponen modificar el Código Procesal Penal en los artículos Nº 237 y Nº 406 para establecer que en todas las causas judiciales sobre delitos que atenten contra la probidad pública, en las cuales el Consejo de Defensa del Estado (CDE) actúe como querellante, los jueces no puedan autorizar la suspensión condicional del procedimiento o los acuerdos de procedimiento abreviado propuestos por los fiscales del Ministerio Público sin que exista el acuerdo del CDE.
El legislador Bianchi explicó que “los senadores que presentamos este proyecto buscamos dar una clara señal al país de que no puede existir una Fiscalía para los que tienen mucho dinero y otra Fiscalía para los chilenos comunes y corrientes”.
En esa línea agregó que “nos resulta del todo incomprensible que un fiscal pueda llegar a acuerdos después de haber hecho anuncios grandilocuentes con respecto a la culpabilidad respecto a personas vinculadas al ámbito del dinero y el poder. Por eso es que tanto el senador Huenchumilla como Guillier han copatrocinado un proyecto de ley que busca que un Fiscal no pueda pasar por encima de la voluntad del Consejo de Defensa del Estado”.
Luego, el senador Guillier planteó que “de lo que se trata es evitar la arbitrariedad que se ha observado por parte de algunos fiscales que a título personal están llegando a acuerdos que resultan inaceptables para la fe pública. El caso Penta a nuestro juicio demuestra que hay una justicia para ricos y otra para pobres como ha señalado el senador Bianchi”.
En tanto el parlamentario Francisco Huenchumilla, Presidente de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado, afirmó que “para todo acuerdo entre la Fiscalía y los imputados en que esté en juego la probidad no podrá llegarse a un juicio abreviado o a la suspensión condicional si es que el Consejo de Defensa del Estado es querellante, para esos efectos, el juez de garantía tiene que tomar la opinión del CDE, esa es la esencia de este proyecto”.
En el proyecto presentado, los legisladores argumentan que “se ha podido constatar que en casos donde se han realizado graves imputaciones por delitos que atentan en contra de la probidad pública, el Ministerio Público ha decidido proponer suspensiones condicionales al procedimiento y juicios abreviados a los imputados”.
Lo anterior, añaden “a partir de la decisión autónoma y discrecional de un fiscal a cargo de la investigación, aun existiendo informes adversos provenientes de las unidades de asesoría de la Fiscalía Nacional y existiendo oposición por parte del Consejo de Defensa del Estado. Ello resulta especialmente sensible, ya que se tratan de ilícitos que atentan en contra de bienes jurídicos que no tienen un carácter patrimonial, individual o instrumental, sino que derechamente se tratan de hechos que pueden revestir los caracteres de delitos funcionarios y que se vinculan con atentados en contra del principio de probidad pública, encontrándose ligados al fenómeno criminógeno de la corrupción.”

 

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