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En primer trámite.

Moción busca prohibir que municipalidades celebren convenios que promuevan uso de armas de fuego.

Corresponde ahora que la iniciativa -en primer trámite constitucional- sea analizada por la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización.

13 de septiembre de 2018

La moción de las disputadas Del Real, Núñez y Ossandón señala que han tomado conocimiento del convenio suscrito por la I. Municipalidad de la Reina y el Club de Tiro de la Reina, con la finalidad de otorgar un 30% de descuento a quienes tengan armas de fuego debidamente inscritas en la comuna, para que se capaciten en su debida utilización. De esta forma, expresan que este convenio desconocer el rol que la Constitución y las leyes dictadas conforme a ella, les han entregado a las instituciones especializadas para que efectúen la coordinación y fomento de medidas en materia de prevención y control de la violencia que se relacionado con el uso de armas, siendo éstas, de acuerdo al artículo 1 de la ley N° 17.798 sobre control de armas, el Ministerio de Defensa a través de la Dirección General de Movilización Nacional y el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

Luego, aducen los autores de la iniciativa que el artículo 4 literal j) de la LOC de Municipalidades señala que la Municipalidad tiene atribuciones para adoptar medidas en el ámbito de la seguridad pública a nivel comunal y que estas deben ejercerse sin perjuicio de las funciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y de las Fuerzas de Orden y Seguridad. Así, las municipalidades pueden celebrar un convenio arrogándose, a través de una interpretación amplia y sin justificación alguna, las atribuciones que la ley de Control de armas ha reservado para los respectivos Ministerios. De esta forma, señala que es posible concluir que la norma en cuestión no resulta del todo clara o bien que, bajo la redacción actual, resulta laca y puede entenderse en un sentido extremadamente amplio, por lo que requiere de mayor precisión por parte del legislador.

Es por tales razones que la iniciativa parlamentaria busca que las municipalidades, en el ejercicio de las atribuciones que le entrega la LOC de Municipalidades, no se arroguen atribuciones en materia de fomento de uso de armas de fuego, las que propiamente corresponden al Ministerio del Interior y Seguridad Pública, al Ministerio de Defensa, las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, en virtud de lo que prescribe el artículo 1 de la ley N° 17.798. Por lo que propone prohibir expresamente a los municipios la celebración de convenios que promuevan o fomenten el uso de armas de fuego.

Así, el proyecto de ley plantea modificar el artículo 4, letra j) del DFL N°1 del 2006, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que fija el texto de la ley N° 18.695, LOC de Municipalidades, de acuerdo a los siguiente: “Con todo, se prohíbe la celebración y ejecución de todo convenio que promuevan o fomenten el uso de armas de fuego”.

Corresponde ahora que la iniciativa -en primer trámite constitucional- sea analizada por la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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