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Modifica Ley N°18.290.

Iniciativa busca aumentar sanción a quienes hacen uso de un teléfono celular mientras conducen.

Corresponde ahora que la iniciativa -en primer trámite constitucional- sea analizada por la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones.

20 de septiembre de 2018

La moción de los diputados Álvarez, Bobadilla, Castro, Cid, Eguiguren, Núñez, Ossandón, Pérez, Sabat y Urrutia, expone que la elevada cifra de multas cursadas por conducir manipulando el celular aumenta cada día más y ello es precisamente porque no se ha logrado tomar consciencia de la irresponsabilidad que acarrea realizar este tipo de actos. 

Los autores del proyecto afirman que en 2011, antes de que se popularizaran los conocidos smartphones, un 57% de los conductores utilizaba el celular sin manos libres. Pero en 2016 esta cifra aumentó a un 82% y hoy, de acuerdo a lo informado por la CONASET, 8 de cada 10 conductores siempre están manipulando el teléfono mientras conducen. La misma CONASET ha señalado que a nivel nacional, en los últimos siete años, se ha duplicado la cantidad de siniestros viales por causa de no estar atento a las condiciones del tránsito, por lo que la manipulación del celular es considerado actualmente como una de las imprudencias más graves al volante. La misma CONASET, remitiéndose a estudios de la OMS, indicó que manipular un teléfono inteligente es similar a conducir en estado de ebriedad. Chatear al conducir es similar a manejar tras haber bebido 4 cervezas. Por esa razón, señalan, en Derecho comparado se ha endurecido la legislación incorporando sanciones en contra de quienes sean sorprendidos usando uno de estos aparatos.

Concretamente, la iniciativa tiene por objeto agravar el hecho de conducir manipulando un aparato celular, con la finalidad de lograr concientizar a los conductores respecto al impacto que produce perder de vista las condiciones de transito por una milésima de segundo y las fatales consecuencias que puede acarrear. Por esta situación, proponen que esta conducta sea sancionada con una multa gravísima equiparando este hecho al de no detenerse en luz roja o pasarse una señal Pare.

La iniciativa consta de un único artículo que dispone modificar la Ley del Tránsito, N°18.290, en el sentido de eliminar el numeral 32 del artículo 200 y agregar un numeral 5 al artículo 199, que disponga lo siguiente: "Conducir haciendo uso o manipulando el teléfono celular u otro aparato de telecomunicaciones, salvo que se esté utilizando el sistema de manos libres.

Corresponde ahora que la iniciativa -en primer trámite constitucional- sea analizada por la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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