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Reforma constitucional.

Proponen excepción a la inviolabilidad parlamentaria en caso de injurias o calumnias proferidas contra víctimas de crímenes o delitos de lesa humanidad.

Corresponde ahora que la iniciativa ?en primer trámite constitucional- sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados.

30 de mayo de 2018

La moción de los diputados González, Hertz, Jiles, Mulet, Nuyado, Rosas, Saffirio, Sepúlveda y Velásquez, expone que nuestra Carta Fundamental, considera diversas situaciones de privilegio procesal aplicables a diputados y senadores, las que tienen por objeto que la labor parlamentaria se desarrolle libre y plenamente.

Observa luego que tales privilegios, buscan que el cargo no sea objeto de imputaciones o persecuciones que pudieran entorpecer las funciones que la misma Constitución Política les encomienda.

Sin embargo, los autores de la iniciativa estiman que la inviolabilidad y privilegio procesal son excepciones al ámbito personal de la ley penal, dado que según el artículo 5° del Código Penal, la ley penal chilena es obligatoria para todos los habitantes de la República, inclusos los extranjeros, motivo por el cual, advierte que cualquier excepción que se establezca para alterar esta norma significa necesariamente una relativización del principio de igualdad ante la ley.

A su vez, sostiene el proyecto que cuando dicha inviolabilidad deja de ser un instrumento de protección, y se transforma en una herramienta de ataque individualizado a personas, o grupos de personas especialmente afectadas por el Estado, claramente no se condice con su finalidad objetiva última, que es el correcto desempeño de la labor parlamentaria; al contrario, conductas de esta naturaleza no podrían estar más reñidas con el comportamiento que se espera de los representantes de la ciudadanía en relación con un período tan doloroso para el país.

En consecuencia, y con el objeto de limitar la inviolabilidad para hacer efectiva la aplicación de la ley penal dada la gravedad de injuriar o calumniar a víctimas de delitos de lesa humanidad, el proyecto de reforma constitucional propone que modificar el artículo 61 de la Carta Fundamental, estableciendo una excepción a la inviolabilidad parlamentaria, consistente en que ésta no alcanzará a las injurias y calumnias dirigidas a víctimas de crímenes o delitos de lesa humanidad.

Corresponde ahora que la iniciativa –en primer trámite constitucional- sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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